Jueves, 5 de noviembre de 2009 | Hoy
SOCIEDAD › YA ES LEY EL LíMITE HORARIO A LOS BOLICHES EN LA PROVINCIA
El Senado bonaerense aprobó la norma que fija a las 5.30 el horario de cierre de los locales bailables. En algunos casos se podrá extender una hora más. Las bebidas alcohólicas se podrán vender hasta las 4.30. Fuertes multas para quienes no cumplan.
Luego de tratarse sobre tablas en la Cámara de Senadores bonaerense y con el respaldo del voto positivo de todas las bancadas –con las objeciones del ARI y el GEN, que rechazaron la extensión del horario de cierre–, el proyecto que regula el funcionamiento de boliches bailables y las restricciones a la venta de alcohol en esos locales ya es ley a partir de ayer. Todos aquellos lugares donde se comercialicen bebidas alcohólicas que incumplan con la disposición estarán penados con multas que pueden alcanzar los 100 mil pesos e, incluso, pueden ser clausurados.
De este modo, la normativa sancionada durante la tarde de ayer impone límites a la actividad nocturna en todo el territorio de la provincia de Buenos Aires y restringe el horario de cierre de los boliches a las 5.30, aunque, por las protestas de los dueños de boliches, existirá una ampliación de una hora por “razones estacionales” o “regionales”, bajo un régimen de excepción que deberá contar con la autorización de las autoridades de cada distrito, con lo que la actividad nocturna finalizará a las 6.30.
Además, sólo podrán vender bebidas alcohólicas hasta las 4.30 y el ingreso de personas queda permitido, de este modo, hasta las 2; todas medidas que apuntan “a evitar y combatir el alcoholismo y los accidentes de tránsito”. La limitación se extiende, a su vez, a otros sitios de esparcimiento público como bares, cantinas, restaurantes y salas de juego, que si bien podrán permanecer abiertos más allá de las 5.30, no contarán con permiso para vender bebidas alcohólicas después de las 4.30.
Con la nueva ley, el horario tope para vender alcohol en comercios autorizados se traslada de las 23 a las 21, afectando a los súper e hipermercados, almacenes o casas de comida que no podrán vender bebidas alcohólicas para ser consumidas fuera del local entre las 21 y las 10 del día siguiente. Además de estas restricciones, la normativa obliga a los propietarios de locales bailables a instalar, dentro de los 90 días de promulgada la norma, cámaras de seguridad en sus accesos y salidas, y a guardar la grabación por 60 días para que se encuentre a disposición de cualquier autoridad competente.
La venta de productos energizantes y de bebidas alcohólicas en vasos, copas o recipientes similares que superen los 350 mililitros queda prohibida en los boliches bailables, mientras que a las matiné sólo podrán ingresar chicos de entre 14 y 17 años, con una franja horaria para asistir a las discos que va desde las 18 a las 23, y el ingreso de mayores de 18 años quedará prohibido. En este horario y para esa franja etaria, los boliches deberán mantener sus puertas abiertas treinta minutos antes del inicio de la matiné para que los padres o responsables legales de los chicos visiten los locales y verifiquen el estado de las instalaciones.
Los concursos y competencias que promuevan la ingesta de bebidas alcohólicas y promocionen en su publicidad la “canilla libre” también estarán prohibidos y la nueva ley establece que junto con la entrada sólo podrá ofrecerse una consumición de bebida alcohólica. La norma establece multas que rondarán entre 30 y 100 mil pesos, clausuras que van de 30 a 180 días para aquellos locales que incumplan con alguna de estas disposiciones y arrestos para aquellas personas que comercialicen bebidas alcohólicas a menores de edad, con agravamiento de las penas en estos casos.
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