Viernes, 26 de agosto de 2011 | Hoy
La Justicia de Familia de Rosario declaró inconstitucional el plazo de tres años desde celebrado un matrimonio para poder iniciar los trámites de divorcio, que dispone el Código Civil, y permitió a una pareja romper el vínculo a los seis meses de casados. El juez de Familia Ricardo Dutto lo admitió en el caso de una pareja que había contraído enlace el 3 de febrero último, pero a los pocos días decidió separarse y desde entonces vivió en casas separadas en forma ininterrumpida. Dutto consideró en su sentencia que “una de las mayores virtudes que deben tener las leyes y la Justicia es que respondan a la realidad y ser transparentes en la aceptación y el respeto de la voluntad de las partes”. En los considerandos, el juez Dutto determinó que “no puede anteponerse la letra de la ley por encima del sentido común, sino que debe administrársela con humanidad”. “Ninguna norma general puede entender los sentimientos o pulsaciones amorosas, pues la razón legal no conoce a fondo los impulsos del corazón que empujan a un hombre y una mujer a amarse y contraer matrimonio”, agregó el magistrado.
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