SOCIEDAD › UN FISCAL PIDIó REABRIR LA CAUSA POR REVELAR LA IDENTIDAD DE UNA MUJER VIOLADA

Abortan el archivado de una causa a Macri

El fiscal de Cámara Eduardo Itoyz pidió que se reabriera la denuncia iniciada en octubre pasado contra Macri. El jefe de Gobierno había revelado la identidad de una mujer que había pedido interrumpir su embarazo producto de una violación.

Luego de que un juez dispusiera su archivo, el fiscal de la Cámara en lo Criminal y Correccional Eduardo Itoyz pidió que el jefe de Gobierno porteño, Mauricio Macri, y otros dos funcionarios de su administración sigan siendo investigados por haber revelado, en octubre del año pasado, la identidad de una mujer que iba a practicarse un aborto no punible. La mujer, que había sido víctima de una red de trata, ni siquiera había revelado la situación a su propia familia. Con su pedido ante la Sala IV de la Cámara del Crimen, el fiscal Itoyz también demandó que la Justicia siga investigando a la ministra de Salud porteña, Graciela Reybaud, y al ex director del hospital Ramos Mejía, Carlos Mercau. “Era bochornoso que se archive una causa con pruebas tan contundentes”, evaluó el legislador porteño Alejandro Bodart, quien, junto con sus pares Gabriela Alegre, Francisco “Tito” Nenna y Virginia González Gass, entre otros, presentó la demanda penal que dio origen al pedido del fiscal.

El titular del Juzgado Criminal y Correccional Nº 12, Raúl García, había dispuesto que fuera archivada la causa, iniciada luego de que, durante una cena en la Sociedad Rural Argentina, Mauricio Macri revelara información sensible sobre la inminente realización de un aborto no punible. Trascendió que en ese encuentro el jefe de Gobierno había señalado qué día y en qué hospital se practicaría. El fiscal Itoyz entendió que las actuaciones posteriores de la ministra de Salud, Rybaud, y el ex director del Ramos Mejía, Mercau, también tuvieron responsabilidad en revelar información que, luego, permitió identificar a la mujer. Por ley, todos esos datos son confidenciales. Por eso, en una elevación a la Sala IV de la Cámara del Crimen y en presencia de los abogados de las partes, reclamó a la Justicia que los tres sigan siendo investigados.

El tribunal integrado por Marcelo Lucini, Mario Filozof y Ricardo Pinto deberá resolver en un plazo de cinco días hábiles si revisa la decisión de primera instancia o confirma la decisión del juez de archivar la causa.

El fiscal “solicitó que se reanudara la investigación porque considera que tiene elementos suficientes para proseguir con la investigación y la acusación”, evaluó el legislador Bodart. No es imposible “verificar los hechos que fueron denunciados en su momento”, agregó, en referencia a que “Macri había divulgado datos precisos y concretos de que se iba a desarrollar un aborto no punible en Buenos Aires”.

Macri fue denunciado por haber divulgado datos y detalles de una paciente que iba a someterse a un aborto el 9 de octubre del año pasado en el hospital Ramos Mejía. El caso se ajustaba a lo establecido por un fallo de la Corte Suprema, que ratificó en marzo de 2012 que el aborto no es punible cuando el embarazo es producto de una violación. La mujer que pedía la interrupción del embarazo había sido raptada por una red de trata y violada, de modo que el aborto que solicitaba no debía supeditarse a un trámite judicial.

La difusión del caso alertó a militantes opuestos a la despenalización del aborto y la interrupción de cualquier embarazo en general. Algunos de ellos, vinculados con la Iglesia, presentaron un recurso de amparo para impedir que en el hospital se llevara adelante la intervención. La jueza nacional Myriam Rustán de Estrada concedió la medida y suspendió el aborto. Luego, fue apartada de la causa por la Cámara Civil, tras las apelaciones presentadas por el gobierno porteño y los abogados de la víctima que demandaba el aborto.

Dos días después, la Corte había dispuesto que el aborto no punible se llevara adelante, porque, ratificó, no existían “obstáculos que impidan llevar a cabo la práctica solicitada” por la mujer víctima de una violación. De todos modos, la mujer terminó accediendo al aborto en otro centro de salud.

La ley de Protección de Datos Personales establece que “los datos sensibles sólo pueden ser tratados cuando medien razones de interés general autorizadas por ley” y aclara que sólo “podrán ser tratados con finalidades estadísticas o científicas, siempre y cuando no puedan ser identificados sus titulares”. Para quienes impulsaron la causa penal, Macri hizo públicos datos sensibles, al igual que los otros funcionarios demandados. Esa información llevó a identificar a la mujer.

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El Ramos Mejía fue escenario de una marcha de ultracatólicos y, después, de militantes por el aborto.
Imagen: Pablo Piovano
 
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