SOCIEDAD › CONDENAN A UNA CLINICA POR CONTAGIAR EL HIV EN UNA TRANSFUSION

Indemnización por una mala sangre

Una nena de 14 meses recibió la transfusión en 1998. El virus no fue detectado pues el donante estaba en “período de ventana”.

 Por Pedro Lipcovich

Por decisión judicial, el Centro Gallego y tres de sus profesionales deberán indemnizar a la familia de una nena que se contagió de VIH/sida por una transfusión. La sangre provenía de un donante que estaba en el “período de ventana”, durante el cual la infección todavía no es detectable. Con los actuales métodos de diagnóstico, se mantiene un período de por lo menos 15 días, desde que una persona contrae el VIH, durante los cuales, si dona sangre, su infección no será detectada. Por este y otros motivos sanitarios, los donantes deben someterse a una entrevista y a un cuestionario que les ofrece la posibilidad de autoexcluirse. Según el fallo, la institución asistencial no aplicó adecuadamente esta precaución, que –según especialistas– en la Argentina puede ser relativa ya que “muchos donantes mienten” en el afán de que su sangre, ofrecida por compromiso en vínculos personales, no sea rechazada (ver recuadro). Por otra parte, el presente caso pone de relieve que la transfusión de sangre es “un procedimiento riesgoso”, que requiere el consentimiento informado de cada paciente: para la niña que enfermó, la transfusión no era imprescindible, según los especialistas consultados para el fallo. La familia de la nena debe recibir una suma cercana a los tres millones de pesos como indemnización.
En julio de 1998, la chiquita, que tenía 14 meses, fue atendida en el Centro Gallego, donde se le diagnosticó una neumonía. La internaron. Se le diagnosticó también una anemia ferropénica (falta de hierro en la sangre) y, el 28 de julio, el jefe de pediatría ordenó una transfusión. El 2 de agosto fue dada de alta, pero la nena seguía enfermándose permanentemente con fiebre alta. El 26 de octubre, la llevaron al Hospital Garrahan. Tres días después, los padres supieron que el análisis de VIH había dado positivo. La madre no tenía el virus; no había otra posibilidad que la sangre transfundida.
Ante la acción judicial que iniciaron los padres, el Centro Gallego admitió que había transfundido sangre contaminada. Julio Peluffo, jefe de Medicina Transfusional de la institución, explicó que provenía de un hombre que se había presentado siete días antes para donar con destino a una paciente que iba a ser operada del corazón. Como los testeos de esa sangre habían dado negativo, se infería que el hombre había donado durante el “período de ventana inmunológica”, esos días subsiguientes a la infección por VIH durante los cuales el virus ya está, pero no aparecen los anticuerpos detectables por los análisis en los bancos de sangre. En el juicio, el Centro Gallego argumentó que esto definía lo sucedido como un “hecho fortuito”, por lo cual la demanda resultaba “improcedente”.
Pero la jueza en lo civil Graciela Amabile Cibils hizo lugar a la demanda de los padres. Su fallo observa como “irregularidad grave, la falta del original del interrogatorio realizado al donante”. La Ley Nacional de Sangre exige que todo donante responda, en un cuestionario escrito, preguntas que puedan orientar al médico sobre riesgos de que padezca enfermedades; quizás aún más importante es que la entrevista con el médico ofrezca al donante la posibilidad de “autoexcluirse” discretamente si se da cuenta de que no reúne los requisitos. En este caso, la jueza estableció la responsabilidad de Julio Peluffo, jefe de hemoterapia, y de Jorge Polidoro, jefe de laboratorio del Centro Gallego.
El dictamen judicial –a partir de peritajes y declaraciones de médicos del Garrahan– cuestiona también la necesidad de la transfusión en sí misma, ya que “en una anemia ferropénica, se puede aportar hierro por boca, salvo que esté en riesgo la vida del paciente”, cosa que no sucedía en el caso de la nena; y señala “los riesgos de una transfusión de sangre, como la descompensación cardíaca, la trasmisión de enfermedades infecciosas y la aparición de reacciones alérgicas”. La transfusión, por lo menos, hubiera requerido el “consentimiento informado” de los padres, que hubieran debido ser advertidos de los peligros. En definitiva, lajueza condenó al Centro Gallego, a Peluffo y a Polidoro, en forma solidaria, a abonar a la familia afectada una suma que, sumados los intereses hasta la fecha, llega a los tres millones de pesos.
María Belén Bouzas, jefa de virología del Hospital Muñiz y especialista en la Fundación Huésped, señaló a este diario que “aún los métodos de diagnóstico de última generación para bancos de sangre, disponibles desde hace alrededor de un año, no detectan el VIH en un período de 15 a 18 días desde la infección”. Estos métodos incluyen la detección del “antígeno P24”, proteína presente en el virus. La especialista precisó que “según investigaciones en Estados Unidos, allí el riesgo de recibir sangre contaminada por VIH no detectado en el período de ventana oscila entre una en 562.000 y una en 825.000 transfusiones”. Sin embargo, “estas estimaciones no deben trasladarse mecánicamente a la Argentina (ver recuadro) y sería muy importante hacer estudios específicos en el país”.
Ignacio Maglio –a cargo de la sección médico-legal del Hospital Muñiz– agregó que “en este momento hay varias demandas en curso, contra instituciones prestigiosas, por contagio transfusional de VIH”.

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La Justicia condenó al Centro Gallego y a tres profesionales responsables de la transfusión.
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