SOCIEDAD › UTILIZAN VIDEOS COMO PRUEBA PARA LA OFERTA DE SEXO
Filmaciones con Código
Fiscales y policías toman imágenes de prostitutas y travestis para probar la contravención. Los defensores sostienen que las virtuales zonas rojas que crea el nuevo código son inconstitucionales.
Por Eduardo Videla
En casi dos meses de vigencia del reformado Código Contravencional porteño, se iniciaron unas cuatro mil causas, la mayoría de ellas por oferta y demanda de sexo en la vía pública. Jueces, fiscales y defensores oficiales coinciden en que, con la nueva norma, es casi imposible sancionar esta contravención, ya que es casi imposible de probar. Por eso, fiscales y policías filman a las potenciales infractoras, como una manera de recolectar pruebas, ante las dificultades para acompañar las actas de infracción con testimonios que las respalden. La nueva norma, sin embargo, provocó cambios de conducta parciales: travestis y meretrices que frecuentan el barrio de Palermo se mudaron de Godoy Cruz y alrededores al Rosedal, donde la actividad goza de inobjetable legalidad. “Se resolvió el problema de los pequeño burgueses que no quieren tenerlas frente a su casa, aunque otros se quejan porque ahora la zona es menos segura, porque de noche no hay nadie y no pasa el patrullero”, dice un defensor oficial. No pasa lo mismo en Flores, donde no hay parque amplios; ni en Constitución, donde los fiscales ya miden la plaza para saber si en algún punto se esquivan los 200 metros de distancia, respecto de casas, iglesias o escuelas, donde la oferta está prohibida.
Hasta ahora, la mayoría de los casos iniciados con el nuevo código se han resuelto por la aplicación de la probation, un mecanismo nuevo que permite suspender el juicio si el imputado se compromete a cumplir tareas comunitarias o a abstenerse de realizar determinadas conductas durante un tiempo determinado. Pasado ese tiempo, si el imputado cumple, la causa se archiva y el infractor deja de serlo: queda limpio, sin antecedentes.
La cantidad de actas contravencionales que la policía labraba en cantidades industriales bajó rotundamente, pero no desde la entrada en vigencia del nuevo código, el 23 de enero, sino desde septiembre, cuando el fiscal general José Luis Mandalunis reemplazó las actas tradicionales –similares a las de las faltas de tránsito–, que eran llenadas automáticamente por la policía, por otras, en las que los agentes deben redactar “circunstancias de tiempo, modo y lugar en que se cometió la contravención”, además de requerir la presencia de dos testigos, como ocurre en las causas penales. “Hasta entonces, el 90 por ciento de las actas se archivaban porque no servían: estaban mal hechas o eran causas insignificantes, a personas que orinaban a las 4 de la mañana en Parque Lezama. A partir de eso, la policía dejó de hacer estadística”, dice el fiscal Martín Lapadú. Ahora –agrega– se archiva sólo el 10 por ciento de las infracciones.
Eso vale para casi todas las contravenciones, excepto la contemplada en el artículo 81, que sanciona la oferta y demanda de sexo en la vía pública. Es que su aplicación, tal como quedó redactado, genera más complicaciones para su aplicación.
“En principio, hay que aclarar que con el nuevo código la oferta de sexo está permitida, se legalizó la actividad. Según la ley, el Ejecutivo tiene que fijar cuáles son los lugares autorizados para desarrollarla. Y mientras tanto, puede hacerse a 200 metros de viviendas, templos y escuelas”, dice a Página/12 el juez Alejandro Buján.
Tan es así, agrega el fiscal Lapadú, que las organizaciones que nuclean a meretrices y travestis “están en condiciones de presentar un recurso de amparo para pedirle al Ejecutivo que reglamente los lugares donde pueden trabajar, ya que ése es su medio de subsistencia”.
El artículo 81, además, es el único en todo el código que requiere, para confeccionar un acta, de la orden de un fiscal. En los demás, basta con acción directa de la policía. Entonces, ¿el oficial deberá llamar al fiscal a las 3 de la mañana para preguntarle qué hace o los funcionarios del ministerio público tendrán que salir de recorrida a la madrugada? Nada de eso. El fiscal general dispuso que la policía llame al 0800-Fiscal,donde un prosecretario letrado –quien atiende el teléfono– le dará el OK en forma verbal. Esta instrucción es cuestionada por los defensores oficiales, pero el resultado de la controversia aún se desconoce puesto que todavía no hay sentencias.
“Con este requisito, el objetivo de los legisladores era parar las cajas policiales, obligando a la intervención previa de los fiscales”, explica el fiscal Lapadú. “Pero eliminar la caja es imposible –advierte el defensor oficial Federico Stolte–: las prostitutas siguen pagando 50 pesos la parada y los travestis 100. Si no, el arreglo es el 2 por 1: les dejan hacer dos clientes y al tercero lo agarra la policía. Cualquiera paga lo que sea para que no le hagan una causa por demanda de sexo.”
Otra dificultad es que para ser sancionada la oferta de sexo, según la ley, debe ser “ostensible”. “¿Qué significa eso? –se pregunta el juez Buján–. Lo que para uno puede ser ostensible puede no serlo para otro, lo que puede dar lugar a fallos distintos para hechos similares.”
Pero para los defensores, hay un cuestionamiento de fondo a este artículo: sostienen que la creación de zonas rojas –lugares donde se puede ejercer la prostitución– es inconstitucional, ya que conculca libertades de los ciudadanos en el uso del espacio público. Y algunos jueces, como Buján, están de acuerdo con este criterio: “El espacio público es de todos, hay que ser cuidadoso con las exclusiones”, afirma.
Cal y arena
Para los funcionarios judiciales consultados por este diario, el sistema de penas del nuevo código constituye un retroceso. “Antes, el juez tenía un abanico de siete tipos de sanciones, entre los que podía elegir el más apropiado”, dice Buján. “Es mentira que la mayoría de los jueces aplicaba sólo un apercibimiento. Casi siempre, esa pena iba acompañada por otra, como instrucciones especiales o la prohibición de concurrir a determinados lugares”, agrega Lapadú.
Como contrapeso, los magistrados encontraron en el nuevo texto otras formas de resolver conflictos –que de eso se trata– antes que aplicar sanciones: la probation o suspensión del juicio a prueba, el juicio abreviado o la condena en suspenso.
“Hasta ahora, la gran mayoría de los casos se han resuelto por el sistema de suspensión del juicio a prueba”, dice Lapadú. Esto significa que el imputado llega a un acuerdo con el fiscal por el cual se compromete a cumplir durante un tiempo determinado una o más reglas de conducta que le fije el juez: realizar tareas comunitarias, no concurrir a determinados lugares, no ingerir bebidas alcohólicas o abstenerse de realizar alguna actividad. Si cumple, su causa se archivará y no le quedará esa falta en su haber, como antecedente.
¿En qué casos se aplica? El que consume bebidas alcohólicas o ingresa pirotecnia a espectáculos públicos, protagoniza peleas callejeras o ensucia bienes públicos o privados, entre otros.
Otra de las herramientas para resolver conflictos es la mediación (o autocomposición). “El 95 de los casos de ruidos molestos se han resuelto de esta manera –dice Lapadú–. Y ese acuerdo extingue la acción.” El juez Buján recuerda un caso reciente en que los dueños de una fábrica, que “podían ser condenados a pagar 15 mil pesos de multa por ruidos molestos, pero prefirieron invertir 25 mil en un sistema de insonorización, con lo cual se ahorraron futuros conflictos”.
Finalmente, como otro punto negativo del nuevo código, los funcionarios judiciales mencionan el agravamiento de penas por reincidencia. “Implica penar a una persona dos veces por el mismo hecho”, dice Buján.
Con respecto al capítulo dedicado a los piqueteros –que castiga la obstrucción de la vía pública–, sólo una causa llegó a juicio: la iniciada contra Raúl Castells, quien el 25 de enero bloqueó el acceso a un Burger King y al casino flotante, en Puerto Madero.
Y pese a que la mayoría de las contravenciones se castigan con arresto, aún no se ha aplicado ese tipo de penas con el nuevo código.