SOCIEDAD › NORMAS DE SEGURIDAD PARA ESPECTACULOS MASIVOS

Que el show pueda seguir

Por decreto, rigen en la ciudad nuevas normas para autorizar conciertos en estadios de fútbol o raves en espacios públicos. Exigen seguro de responsabilidad civil, ambulancias y bomberos.

A casi once meses de la tragedia de Cromañón, la ciudad de Buenos Aires no tenía una reglamentación clara y precisa para la organización de espectáculos públicos masivos: no siempre se exigía seguro de responsabilidad civil a los organizadores y la presencia de bomberos, médicos y policías quedaba a criterio de los organizadores. Desde hoy, un decreto firmado por el jefe de Gobierno, Aníbal Ibarra, intenta poner reglas claras para este tipo de eventos: desde los recitales en estadios de fútbol hasta las raves en espacios públicos como la Costanera, pasando por los conciertos en el Estadio Obras, en todos los casos, los organizadores serán “solidariamente responsables” con los propietarios del lugar, ante cualquier demanda judicial.
La normativa es válida no sólo para espectáculos musicales masivos sino también para actos políticos y concentraciones religiosas. “Hasta ahora, las normas estaban dispersas en cuatro leyes, ordenanzas y decretos distintos, que no eran precisas, dejaban un margen a la discrecionalidad y por lo tanto podían derivar en episodios de corrupción”, dijo a Página/12 el secretario de Seguridad porteño, Diego Gorgal.
Las exigencias para este tipo de reuniones masivas no estaban expresamente sistematizadas. “El objetivo de esta nueva norma es subir el piso de exigencias mínimas para generar mayores condiciones de seguridad”, explicó Gorgal. “No estaba clara la exigencia de seguro de responsabilidad civil y el permiso lo gestionaba el titular de la habilitación y no el organizador”, agregó el funcionario.
De acuerdo con la nueva norma –que debe ser refrendada por la Legislatura–, el permiso para cada acto lo deben pedir el organizador y el dueño del predio, y ambos serán solidarios ante cualquier demanda, algo que hasta ahora no estaba precisado.
En cada espectáculo al aire libre, los organizadores deberán presentar el contrato con una empresa de asistencia médica, así como la nómina del personal de seguridad privada, que debe ajustarse a la Ley 118, que obliga a registrar a los vigiladores y patovicas. También deberán presentar los contratos con las proveedoras de grupos electrógenos y los equipos de sonido. Y un profesional deberá responsabilizarse por las instalaciones eléctricas fijas y transitorias, así como por las tribunas tubulares, vallados o escenarios.
El decreto establece además que el organizador deberá contratar con la Policía Federal la cantidad de efectivos necesarios para cada espectáculo, al igual que el personal de bomberos requeridos. En cada show tendrán que presentar “un plan de evacuación y simulacro para casos de incendio, explosión o advertencia de explosión, firmado por un profesional, de acuerdo con la Ley 1346”. Es más: antes de comenzar un espectáculo, los organizadores deberán exhibir al público “las medidas contenidas en el plan de evacuación” e indicar a la gente cómo salir del lugar en caso de emergencia. En caso de no contar con pantallas para exhibir ese dispositivo, deberán entregar folletos con esa información.
Será considerado como “falta grave” el ingreso de público con objetos que puedan ser arrojados, como “elementos pirotécnicos de cualquier índole, explosivos, emanantes de fuego luminoso o similares”.
En cuanto a la cantidad de público autorizado para el ingreso, en lugares donde los asistentes estarán parados, se autoriza una capacidad máxima de 3 personas por metros cuadrado. También se prevé la obligación de destinar localidades para personas discapacitadas.
Otra novedad es que los empresarios deberán hacerse cargo de la limpieza del predio y sus alrededores, “una vez finalizado” el espectáculo.

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Hasta ahora, los espectáculos masivos estaban regulados por un conjunto de normas imprecisas.
 
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