Viernes, 27 de julio de 2007 | Hoy
El modo de caminar rápido de un joven fue motivo suficiente para que la policía lo definiera como “sospechoso” y obligara a detener su andar para requisarlo. El joven fue imputado luego por tenencia de droga. Pero la Sala I de la Cámara Federal lo sobreseyó al anular el procedimiento de la policía. El fallo señala que sólo “excepcionalmente” los agentes pueden requisar a las personas, sin orden judicial de por medio, y que para ello deben existir indicios vehementes de culpabilidad objetivos. “La simple apreciación del personal acerca del caminar presuroso no constituye circunstancia objetiva previa para habilitar la requisa”.
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