SOCIEDAD › LA DRAMATICA HISTORIA DE TRES HERMANOS OBLIGADOS A SEPARARSE

Una familia partida por la Justicia

Un fallo judicial ordenó que una nena de 6 años vuelva con su familia sustituta y se separe de sus hermanos y la familia de sangre. Las Abuelas de Plaza de Mayo cuestionan la decisión.

 Por Mariana Carbajal

Desde hace una semana, tres hermanitos huérfanos de madre viven atemorizados, escondidos, sin ir a la escuela ni dormir dos días seguidos en el mismo domicilio, por temor a que un agente policial los encuentre y los obligue a separarse en cumplimiento de una polémica decisión de la Cámara de Apelaciones en lo Civil de San Martín. El viernes pasado, la Sala II del tribunal bonaerense ordenó que la más chiquita, de 6 años, deje la casa de sus tíos maternos donde vive con sus dos hermanos y vaya con un matrimonio vecino que no tiene ningún vínculo de sangre con ella, pero que la cuidó durante varios años. “La sentencia es aberrante e imposible de sostener porque viola la Convención Internacional de los Derechos del Niño que resguarda el derecho de los chicos a vivir con su familia”, cuestionó Estela de Carlotto, titular de Abuelas de Plaza de Mayo, que junto con otras veinte ONG de derechos humanos y de la infancia apoyan la pelea judicial de los tíos maternos. Para “salvaguardar el derecho constitucional a la identidad y la unidad familiar de los hermanos”, el procurador general de la Suprema Corte bonaerense instruyó a la asesora de incapaces de San Martín que apele la resolución.
En la misma sentencia, la Cámara dispuso que el nene del medio, de 9 años, “restablezca el vínculo” con su padre, Julio M., al que el chico y su hermano mayor, de 16 años, denunciaron por violación y malos tratos y la misma Justicia evaluó que tiene una “personalidad borderline” y “serias falencias para el cumplimiento del rol paterno”. Existe otra causa penal en la que se investiga si la muerte de la madre de los chicos, ocurrida cuatro días después de la operación cesárea por la que nació la menor de los tres, está relacionada con una golpiza que le habría propinado el esposo.
El caso es complejo y muestra cómo el poder omnímodo de los jueces de menores sobre los chicos bajo su tutela puede causar daños irreparables en sus vidas. “Había una familia que reclamó a la nena desde el principio y un magistrado se empeñó en separarla de sus hermanos. Ahora, la Cámara convalida ese atropello”, señaló Juan Pablo Gallego, abogado de los tíos.
La historia se remonta a 1996, cuando falleció la madre. Una hermana suya y su esposo, Graciela y Daniel Guerra, denunciaron a Julio M. por abuso sexual contra los dos chicos más grandes, en ese entonces, de 11 y 4 años, y reclamaron la guarda de los tres. La causa quedó en el juzgado de menores Nº 2 de San Martín, a cargo de Bernardo Mogaburu. Javier, el mayor, que no era hijo biológico de Julio M., compareció ante el magistrado y relató que recibía golpes e insultos de su padrastro y que lo obligaba a bañarse con él y a tocarlo hasta que “hacía pis blanco”, según consta en el expediente judicial. Sorprendentemente, el juez Mogaburu entregó la guarda de Javier a sus tíos maternos, pero dejó a los otros dos con el padre. En ese entonces, el magistrado no tuvo en cuenta un informe firmado por Irene Intebi, directora del Programa de Prevención y Maltrato Infantil del gobierno porteño, que advertía sobre la situación de “alto riesgo” que significaba que los más pequeños permanecieran él, ni pericias psiquiátricas que revelaban sus alteraciones mentales ni el hecho de que el hombre guardaba un arsenal de armas en su domicilio y obligaba a los chicos a manipularlas.
Incapaz de hacerse cargo del cuidado de sus hijos, Julio M. recurrió a unos vecinos suyos, Dora y Carlos Mancuso, para que lo ayudaran en la crianza. Al poco tiempo, mientras Damián, el segundo nene, seguía con su padre, los Mancuso se quedan con Gimena, la más pequeña, y el 29 de diciembre de 1998 consiguieron que el juez Mogaburu oficializara la guarda de hecho que tenían sobre la beba. El magistrado hizo oídos sordos no sólo al reclamo de los tíos maternos. Tampoco prestó atención a una carta fechada un mes y medio antes en la que Estela de Carlotto y Nora Schulman, titulares del Comité Argentino de Seguimiento y Aplicación de la Convención Internacional de los Derechos del Niño, expresan su “preocupación” por la “separación de los hermanos y sobre todo porque losniños vivan con personas ajenas a su familia de origen, privándolos del derecho a la identidad y produciendo daños a su personalidad desde esta temprana edad”.
Recién el 6 de julio de 1999, es decir, tres años después de la muerte de la madre, Mogaburu entregó la tutela de Damián a sus tíos maternos y el pequeño empezó a vivir bajo el mismo techo con su hermano mayor. Por haber demorado esta decisión y dejado a Gimena en manos de “terceras personas y privada del contacto con sus hermanos y grupo familiar primario”, en noviembre de 2001 el juez de menores recibió una inusual sanción disciplinaria de la Suprema Corte bonaerense que le aplicó un “apercibimiento grave” y lo separó de la causa. Así, el expediente pasó al juzgado de menores Nº 1, a cargo de Gabriel Peñañori, quien en abril último ordenó la restitución de la pequeña, que ya tiene 6 años, al matrimonio Guerra. Pero los Mancuso, que la criaron prácticamente desde que nació, apelaron la medida con el asesoramiento legal del ex diputado Abel Fleitas Ortiz de Rozas y una semana atrás, el viernes 9, consiguieron que la Cámara de Apelaciones en lo Civil de San Martín ordenara que les devolvieran a la nena.
Llamativamente, los camaristas Ricardo Alberto Occhiuzzi y Horacio Abel Mares de la Sala II repitieron las mismas decisiones que al juez Mogaburu le valieron un “apercibimiento grave” del máximo tribunal provincial. Aparentemente, detrás del fallo de la Sala II se esconde una pulseada entre el departamento judicial de San Martín y la Suprema Corte, por la sanción disciplinaria que le aplicó al magistrado. En el marco de esa pelea se entiende la extraña actitud de la asesora de incapaces Rossana Bernard, que el lunes apeló el polémico fallo, pero aclaró que lo hacía “en atención a las instrucciones impartidas expresamente por el Señor Procurador General de la Suprema Corte”, aunque compartía los criterios de la Cámara. Curiosamente, Bernard no fundamentó la apelación –una exigencia del procedimiento judicial–, con lo cual el recurso será considerado mal interpuesto y no tendrá ningún efecto.
Todavía no se cumplió el plazo legal de 10 días hábiles que tienen los Guerra para apelar la sentencia que les quita la guarda de la pequeña y obliga al segundo de los hermanos a volver a ver a su padre. Sin embargo, ayer el juez de menores Pañañori llamó al Colegio Almafuerte, de la localidad bonaerense de Bella Vista, al que concurren los dos más chicos, y le exigió a la directora Estela Bedún que le informe el paradero de los hermanos. Desde el viernes pasado, cuando el matrimonio Guerra fue notificado del fallo, los chicos no van a clases. “Nos estamos mudando todos los días porque tenemos miedo de que la fuerza pública los venga a buscar. El de 9 años nos dijo que no quiere vivir más si tiene que volver con su papá y la más chiquita se quiere quedar con sus hermanos”, contó Daniel Guerra a Página/12, gerente de una multinacional, quien junto con su esposa tienen otros dos hijos de 20 y 24 años. El amplio chalet de los Guerra está en Bella Vista, en el mismo barrio en el que viven los Mancuso.

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Daniel Guerra, tío de la nena, pelea por la tenencia de los chicos tras la muerte de la madre.
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