SOCIEDAD › SEBASTIAN CABELLO DEBE PAGAR UN MILLON DE PESOS

La hora de la indemnización

“Habíamos pedido dos millones de pesos, pero la Justicia se basó en el criterio de daño compensatorio y no en el daño de punitorio, que apunta a sancionar al delincuente”, explicó ayer el abogado Marcelo Parrilli a Página/12, tras conocer el fallo de la Justicia Civil que obliga a Sebastián Cabello, condenado por atropellar y matar a una veterinaria y a su hijita mientras corría una “picada”, a indemnizar a los herederos de las víctimas con, exactamente, la mitad de la suma exigida por la querella: un millón de pesos.

Según fuentes judiciales, la resolución de primera instancia de la jueza Marcela Eiff alcanzó a los padres del condenado y a la compañía aseguradora El Comercio, quienes deberán resarcir a Sara González Carman (madre de Celia y abuela de la niña) y a Sergio Rosales (esposo y padre de las víctimas). Por su parte, los voceros de Cabello comentaron que durante la causa civil, los padres del joven litigaron con la empresa y se concluyó en que esta última se hará cargo de saldar la indemnización. “En Argentina, el lobby de las compañías de seguro y los transportistas hace que sea más barato pagar a los familiares de las víctimas que hacer reformas viales”, indicó Parrilli, quien también representa a los familiares de las víctimas del colegio Ecos.

El 30 de agosto de 1999, Cabello corría una “picada” con su Honda Civic por la avenida Cantilo, en Núñez, cuando chocó de atrás al Renault 6 que conducía Celia Carman, acompañada por su hija de tres años. Tras el impacto, el auto se incendió y ambas murieron carbonizadas. Cabello, que por entonces tenía 19 años, huyó sin asistirlas y fue detenido luego. Aunque durante la instrucción de la causa fue excarcelado, el joven regresó a prisión cuando, a pesar de una prohibición judicial, volvió a manejar.

En noviembre de 2003, Cabello fue condenado por el Tribunal Oral en lo Criminal Nº 30 a doce años de reclusión por el homicidio con dolo eventual. Este fallo sin precedentes produjo una reforma legal que elevó el máximo de la pena de los homicidios culposos de tres a cinco años. Pero luego, los jueces de Casación Eduardo Rafael Riggi, Angela Ester Ledesma y Guillermo José Tragant recalificaron el hecho como un “homicidio culposo” –sin intención– y redujeron la condena a tres años, porque descartaron “que haya habido de su parte intención de dañarse a sí mismo o a terceros”.

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