Miércoles, 18 de agosto de 2010 | Hoy
SOCIEDAD › EL PRO TRABó UN PROYECTO POR LOS ABORTOS NO PUNIBLES
El bloque de diputados porteños del PRO frenó ayer, en el marco de la reunión de la Comisión de Salud de la Legislatura de la Ciudad, la firma del dictamen de un proyecto para regular el procedimiento para la atención integral de los abortos no punibles en el sistema público, contemplados en los incisos 1 y 2 del artículo 86 del Código Penal.
“Es urgentísimo legislar sobre este tema y hacerlo de forma responsable”, expresó la legisladora Diana Maffía, coautora del proyecto en debate junto con Gabriela Alegre, Juan Cabandié y el diputado con mandato cumplido Pablo Failde.
La iniciativa de la oposición, que viene en tratamiento desde 2008, contempla el procedimiento para los casos en que esté en peligro la vida o la salud integral de la mujer y en las situaciones en violación.
El proyecto fue tratado a la tarde por más de tres horas por los legisladores, quienes debían firmar el dictamen para que pase a las comisiones de Mujer y de Justicia, y antes de fin de año sea abordado por el pleno en el recinto del Parlamento.
Sin embargo, los legisladores del macrismo, que promueven archivar el proyecto, pidieron extender a la semana próxima el tratamiento y contar, en esa próxima reunión, con Jorge Girardi, de la Asociación de Médicos Municipales, para conocer su posición frente al tema. “Es claro que el PRO trata de dilatar la cuestión para que el debate no llegue al recinto”, aseguró Alegre, quien dijo que “hubo tiempo suficiente” para que cada bloque pudiera tomar una postura frente al dictamen. La legisladora del bloque Encuentro Popular para la Victoria sostuvo que “más allá del posicionamiento político del macrismo, en contra, seguiremos insistiendo para que llegue al recinto lo antes posible”.
Según el texto en tratamiento, para el aborto no punible contemplado en los incisos 1 y 2 del artículo 86 del Código Penal “se debe garantizar la realización del diagnóstico en el menor plazo posible y de las prácticas médicas necesarias para la interrupción segura del embarazo en un plazo no mayor a los 10 días corridos desde la solicitud de la mujer o de su representante legal”.
Además, plantea que “los profesionales de la salud tienen derecho a ejercer su objeción de conciencia sin consecuencia laboral alguna”. “La objeción de conciencia deberá ser manifestada mediante una declaración escrita y presentada ante las autoridades del establecimiento que corresponda”, indica y agrega que esta instancia es “individual y rige tanto para la actividad en el ámbito público como en el ámbito privado”.
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