Lunes, 30 de enero de 2012 | Hoy
SOCIEDAD › PRONUNCIAMIENTOS DE INSTITUCIONES
Por Mariana Carbajal
Como ningún caso anterior de aborto no punible que se judicializa, el de la niña de 11 años de Entre Ríos generó una catarata de pronunciamientos contra la inacción oficial frente a los obstáculos que encontró la familia para interrumpir la gestación producida como consecuencia de un abuso sexual. El Comité de América Latina y el Caribe para la Defensa de los Derechos de la Mujer (Cladem), el Instituto de Género, Derecho y Desarrollo de Rosario, Católicas por el Derecho a Decidir, y Federación Argentina de Medicina General (FAMG) y Fundación para la Salud de Adolescente (FUSA) también avalaron el aborto no punible y repudiaron la vulneración de los derechos de la nena, como en los últimos días lo hicieron otras sociedades médicas y científicas y entidades de derechos humanos, sociales y de mujeres, tal como viene informando Página/12.
El caso de Entre Ríos “pone, una vez más, en la agenda política y sanitaria una gravísima situación de injusticia, desigualdad social y vulneración de derechos”, señala el comunicado de la FAMG, que lleva la firma de su presidente, Horacio Boggiano, y de Fabián Portnoy, del Grupo de Trabajo en Salud Sexual y Reproductiva de la entidad, que agrupa a médicos generalistas. En diálogo con este diario, Portnoy advirtió sobre el fracaso de la penalización del aborto. “Cada año se producen entre 460 mil y 600 mil abortos en la Argentina. Cada día, alrededor de 200 mujeres egresan de un hospital público del país luego de haber sido internadas por complicaciones de un aborto inseguro. Alrededor de 100 mujeres mueren cada año en nuestro país por esa misma causa. Estamos hablando de la primera causa de mortalidad materna y de internación por morbilidad en el país, una tragedia humana que podría evitarse y que pone de relieve el fracaso de las políticas restrictivas y punitivas vigentes. En este marco, las mujeres pobres ni siquiera tienen garantizado el acceso a los servicios de aborto no punible, como el reseñado caso de la niña entrerriana, en el que una suma perversa de arbitrariedades y presiones impidió el acceso a un aborto legal”, puntualizó. Desde esta posición, “la penalización del aborto es una de las principales violaciones a los derechos humanos de las mujeres en la Argentina”, consideró la Federación Argentina de Medicina General.
No es la primera vez que no se garantiza un aborto no punible. “El Estado argentino ha incurrido nuevamente en el incumplimiento de sus propias leyes sobre el aborto. El artículo 86 del Código Penal establece dos causales por las que el aborto no es punible y debe realizarse con toda prontitud en los servicios de salud públicos: si el embarazo es producto de violación, o si hay riesgo de vida o salud de la gestante. En el caso de la niña de Entre Ríos, embarazada a los 11 años, se cumplen ambas causales: fue violada y corre riesgo su salud física (por su escaso desarrollo físico para llevar adelante un embarazo) y mental (porque ha manifestado claramente que no lo desea)”, recordaron en un comunicado Cladem-Argentina, Insgenar y CDD. Cristina Zurutuza, de Cladem Argentina, puntualizó que por un caso similar ocurrido en 2007 en la provincia de Buenos Aires, el de la adolescente L.M.R., quien tenía discapacidad mental y quedó embarazada en una violación, las tres organizaciones llevaron adelante un litigio internacional contra el Estado argentino ante el Comité de Derecho Humanos de la ONU. Ese organismo monitorea el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, del cual Argentina es signatario y por lo tanto debe cumplir sus disposiciones, agregó la abogada Silvia Juliá de CDD. “El Comité ha fallado en 2011 que Argentina ha violado su propio marco legal, en ese caso de aborto no punible, y le ha planteado al Estado nacional y bonaerense que deben indemnizar a LMR y su familia e implementar políticas para que estos casos no se repitan. Es decir: que los abortos no punibles se realicen en tiempo y forma”, indicó Zurutuza. Y la abogada Susana Chiarotti, de Insgenar, precisó que “el Estado no respondió todavía, y los incumplimientos se reiteran casi cotidianamente”. “El caso de Entre Ríos que conocimos en estos días es una nueva repetición de otros similares aparecidos en los últimos años en las provincias de Misiones, Salta, San Luis, Santiago del Estero, Mendoza, Chubut, Santa Fe entre otras. En esta última, Ana María Acevedo murió por causa de este incumplimiento estatal. Y estos casos son sólo la punta del iceberg”, indicó Zurutuza.
Las médicas Nilda Calandra y Sandra Vázquez, presidenta y directora ejecutiva de la Fundación para la Salud del Adolescente (FUSA), también consideraron que el caso “no debió haberse judicializado”. En cambio, afirmaron, “los médicos del hospital de la provincia de Entre Ríos al que recurrió la niña en primera instancia y ante el pedido su madre, debieron haber practicado la interrupción del embarazo, por estar encuadrado como aborto no punible”. Vázquez es tocoginecóloga y coordinadora del Servicio de Adolescencia del Hospital Argerich, de la ciudad de Buenos Aires. “Es objetable que las máximas autoridades del Ministerio de Salud de la Nación hayan guardado silencio frente a una situación encuadrada dentro de lo expresado en la Guía Técnica para la Atención Integral de los Abortos no punibles realizada por el Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable del mismo ministerio”, cuestionó Calandra.
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