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Expensas sin bancarización

La Justicia suspendió la puesta en marcha de la bancarización del pago de expensas, que el gobierno de Mauricio Macri había establecido a partir de enero. Una jueza lo dispuso mediante una medida cautelar, en respuesta a un pedido de amparo presentado por la Cámara de la Propiedad Horizontal. La resolución fue tomada por la jueza Andrea Danas, en lo Contencioso Administrativo y Tributario. La Cámara Argentina de la Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias –que reúne a entidades vinculadas con la administración de edificios y consorcios de propietarios– había pedido la intervención de la Justicia en rechazo a la Resolución 408 de la Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana del Gobierno de la Ciudad, tomada el 18 de octubre pasado.

Esa resolución del gobierno porteño establecía que los administradores de consorcios deberían “digitalizar y bancarizar todas sus operaciones y enviarlas electrónicamente a los copropietarios”. La jueza –en una resolución tomada el viernes 5 de diciembre, pero que se dio a conocer ayer– ordenó “la suspensión de los efectos de la Resolución 408-SECGCyAC-12 hasta tanto se dicte sentencia definitiva”.

En su fallo, la magistrada recordó que esa medida del Ejecutivo comunal “establece la digitalización compulsiva de los comprobantes de respaldo y recibos de liquidación de expensas para ser remitidos a través de correo electrónico a todos los propietarios, así como también la bancarización obligatoria de todos los ingresos y egresos de los consorcios de propietarios”.

Para la jueza, poner en marcha ese mecanismo implicaría “hacer frente, en forma inminente, dado que la norma impugnada entrará en vigencia en menos de un mes, a las obligaciones que ella impone, con la consiguiente inversión económica que deberá afrontar cada administrador para adecuarse a la norma”.

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