Viernes, 12 de marzo de 2010 | Hoy
En Chubut dos adolescentes violadas tuvieron que recurrir a la Justicia, esperar con un embarazo no deseado, ser maltratadas, rechazadas por los médicos y revictimizadas para intentar acceder a una intervención contemplada por el Código Penal desde 1920. Sin embargo, en otras regiones del país, como Rosario y la provincia de Buenos Aires, el aborto no punible ya está regulado y se realiza sin hacer intervenir a la Justicia. Cómo es la experiencia de una provincia en donde ya no existen las trabas y los médicos saben que deben cumplir con la ley.
Por Luciana Peker
A. G. no tiene nombre en público –para resguardar su identidad– pero sí cuerpo y pedidos. “Si no me permiten realizarme el aborto me mato”, dijo y su tortura retumbó. Dolió. Ella –de 15 años– había sido violada por su padrastro y después de un largo proceso médico y legal –con dos fallos que no la autorizaban a interrumpir su embarazo– el Superior Tribunal de Justicia le dio la razón para poder acceder a su derecho al aborto no punible contemplado por el artículo 86 del Código Penal. Sin embargo, otra joven, como si la situación se replicara calcada, también embarazada, también violada, también por su padrastro, también espera otra decisión judicial.
Cada paso no es un paso si cada chica tiene que pedir, esperar, dilatar su decisión y su derecho a pedir un aborto legal en un hospital público.
Por eso, el reclamo actual es que tanto el Congreso Nacional como las legislaturas locales regulen esta norma y cada mujer no tenga que judicializar su caso. Pero no es un pedido abstracto. En la provincia de Buenos Aires ya existe un protocolo de atención a los abortos no punibles. Y si A. G. hubiera sido bonaerense no tendría que haber vivido la tortura de esperar, ser maltratada y rechazada. Ni más adolescentes violadas estarían en la lista de espera de la ruleta de la salud y la Justicia para ver si pueden acceder a su derecho.
Magdalena Grau es trabajadora social y coordinadora del Programa Provincial de Salud para la Prevención de la Violencia Familiar y Sexual y la Asistencia a las Víctimas del Ministerio de Salud de la provincia de Buenos Aires. Y ella es la que verifica que se cumpla con el derecho al aborto no punible (además de intervenir también en la violencia sexual, los abusos a niños y niñas y de generar un nuevo programa para las mujeres víctimas de redes de trata) para que no haya más A. G. que esperen, sufran y tengan que amenazar con su propia muerte para seguir viviendo y que la suerte de las mujeres argentinas cambie según cómo caiga la ruleta de las desigualdades del mapa nacional.
–Este programa tiene un protocolo de atención de aborto no punible para que los hospitales provinciales, con servicio de tocoginecología, estén preparados con una capacitación que hacemos con un equipo técnico para poder realizar los abortos no punibles, a pesar de ser un tema embromado políticamente.
–Hay que atender estos casos interdisciplinariamente y eso es difícil porque la gente quiere trabajar más bien sola, y la formación de los médicos es muy biologicista. Pero nosotros/as somos un equipo integrado por una psicóloga (María Eugenia Bagnasco), una abogada (Mirta Cacceta), una médica (Claudia Memo), una trabajadora social (Guadalupe Recio) y una secretaria (Felisa Demuro) que los capacitamos legalmente para que sepan qué las mujeres tienen derecho a tener acceso al aborto no punible, como dice el Código Penal, en el artículo 86, incisos 1 y 2.
–El o la directora/a del hospital es el encargado y responsable de poner en práctica el protocolo. Si en su servicio tiene objetores de conciencia los debe tener anotados en un registro y garantizar que se cumpla con el derecho de todos modos en ese hospital o en otro.
–No. Porque A. G. es una chica de 15 años que dijo que se iba a suicidar y su salud mental estaba dañada. Y si está en riesgo la vida se considera que se encuadra en un aborto no punible. El protocolo (bonaerense) considera que la salud es física, psíquica y social. Los hospitales no deben decirle a una chica que vaya a la Justicia si pide realizarse un aborto no punible, porque existe el artículo 86 del Código Penal. Pero sí el hospital puede ver si está de acuerdo con ese artículo y, en ese caso, realizar la práctica.
–Nosotros tuvimos un caso emblemático en la provincia de Buenos Aires, en noviembre y diciembre del 2006, de L. M. R una adolescente discapacitada mental que la Justicia autorizó a abortar pero los médicos se negaron a practicarle el aborto y tuvo que acceder a su derecho a través del circuito clandestino, que ha sido denunciado al Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas por no respetar el derecho de la joven. Argentina pierde y la provincia de Buenos está en una mesa de negociación en Cancillería en este momento.
–Exactamente. En enero del 2007 el gobierno de la provincia de Buenos Aires creó el Programa Provincial de Salud para la Prevención de la Violencia Familiar y Sexual y la Asistencia a las Víctimas, que tiene un protocolo de atención de aborto no punible, de víctimas de violencia, de violación y de abuso y maltrato de niños y niñas.
–Están negando derechos humanos. Nosotros, en cambio, tenemos una orden precisa del ministro de Salud (Alejandro Collia) de darles sus derechos a todas las mujeres que sufren violencia.
–A partir de la experiencia bonaerense, ¿qué tendría que pasar en el resto del país?
–Se tendría que poner en práctica la “Guía de Atención de Abortos No Punibles” desarrollada por el Ministerio de Salud de la Nación, en la gestión de Ginés González García, ya que hay una gran cantidad de solicitudes de abortos no punibles.
–Sí, tiene que ser una legislación a nivel nacional. Es mejor que exista una ley, porque los médicos tienen mucho miedo y una normativa les da más seguridad. Por eso, es mejor decirles claramente que no se deben judicializar estos casos y que las mujeres tienen que firmar un consentimiento informado (que firman los padres si las chicas son menores). Además debe haber un registro de objetores de conciencia, pero las víctimas siempre tienen que obtener una respuesta con mucha celeridad.
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