Jueves, 12 de noviembre de 2009 | Hoy
19:25 › CALIFICó DE IMPRESCRIPTIBLE "LA ALTERACIóN DE LA IDENTIDAD"
La Sala II de Cámara Nacional de Casación Penal amplió un fallo del Tribunal Oral Federal 5 que, el 4 de abril del 2008, había condenó a diez años de cárcel al ex capitán Enrique Berthier, y a ocho y siete años a Osvaldo Arturo Rivas y Maria Cristina Gomez Pinto, por anotar como propia a Eugenia Sampallo Barragán, hija de desaparecidos y nacida en cautiverio.
En un fallo dictado el 8 de septiembre último pero conocido recien ahora, los jueces de casación Gustavo Mitchell, Luis García y Guillermo Yacobucci, agregaron al veredicto del TOF 5 contra el militar y el matrimonio el delito de "alteración del estado civil" de la víctima, lo que no había dicho el tribunal compuesto por los jueces Luis Renzi, Andrés Gordo y Ricardo Farías.
Berthier, un ex capitán que entregó a la nena con un cerificado de nacimiento falso firmado por el fallecido medico militar Julio César Cáceres Monier, cumple su pena en el penal de Campo de Mayo, mientras que Rivas y Gomez Pinto siguen en libertad hasta que el fallo quede firme.
El fiscal del juicio Félix Croux y el abogado Tomás Ojea Quintana, abogado de la víctima y querellante, habían pedido para los apropiadores una pena de 25 años de prisión.
Según se dijo en el juicio, la pareja recibió a la nena de solo tres meses de manos de Bethier, luego de que su madre, Mirta Barragán la diera a luz tras su secuestro y traslado junto a su marido Leonardo Sampallo, a los centros clandestinos "Club Atlético" y "El Banco", en diciembre de 1977.
En su fallo, la Sala II de Casación ratificó la extrema gravedad de estos delitos, al considerarlos imprescriptibles.
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