19:25 › CALIFICó DE IMPRESCRIPTIBLE "LA ALTERACIóN DE LA IDENTIDAD"

Casación declaró de lesa humanidad la apropiación de hijos de desaparecidos

La Sala II de Cámara Nacional de Casación Penal amplió un fallo del Tribunal Oral Federal 5 que, el 4 de abril del 2008, había condenó a diez años de cárcel al ex capitán Enrique Berthier, y a ocho y siete años a Osvaldo Arturo Rivas y Maria Cristina Gomez Pinto, por anotar como propia a Eugenia Sampallo Barragán, hija de desaparecidos y nacida en cautiverio.

En un fallo dictado el 8 de septiembre último pero conocido recien ahora, los jueces de casación Gustavo Mitchell, Luis García y Guillermo Yacobucci, agregaron al veredicto del TOF 5 contra el militar y el matrimonio el delito de "alteración del estado civil" de la víctima, lo que no había dicho el tribunal compuesto por los jueces Luis Renzi, Andrés Gordo y Ricardo Farías.

Berthier, un ex capitán que entregó a la nena con un cerificado de nacimiento falso firmado por el fallecido medico militar Julio César Cáceres Monier, cumple su pena en el penal de Campo de Mayo, mientras que Rivas y Gomez Pinto siguen en libertad hasta que el fallo quede firme.

El fiscal del juicio Félix Croux y el abogado Tomás Ojea Quintana, abogado de la víctima y querellante, habían pedido para los apropiadores una pena de 25 años de prisión.

Según se dijo en el juicio, la pareja recibió a la nena de solo tres meses de manos de Bethier, luego de que su madre, Mirta Barragán la diera a luz tras su secuestro y traslado junto a su marido Leonardo Sampallo, a los centros clandestinos "Club Atlético" y "El Banco", en diciembre de 1977.

En su fallo, la Sala II de Casación ratificó la extrema gravedad de estos delitos, al considerarlos imprescriptibles.

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