18:19 › LA CORTE DISPUSO LA COMPETENCIA DE TODAS LAS CáMARAS FEDERALES

Las causas por jubilaciones, habilitadas en todo el país

El Máximo Tribunal declaró inconstitucional el artículo 18 de la ley 24.463 del año 1995, por lo que la Cámara Federal de la Seguridad Social con sede en Capital dejará de intervenir ante las apelaciones interpuestas contra sentencias dictadas por jueces federales del interior en materia previsional. La Corte también exhortó a que la ANSES cumpla con las sentencias que ordenan reajustes y pidió al Congreso la creación de nuevos tribunales.

Con las firmas de los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt, Juan Carlos Maqueda y Raúl Zaffaroni, y el voto concurrente de Enrique Petracchi, la Corte dictó la inconstitucionalidad de un artículo de la ley sancionada durante el menemismo que concentraba todas las causas previsionales en la Cámara Federal de la Seguridad Social, con sede en la Capital Federal.

El fallo sostiene que la Cámara de la Seguridad Social “se encuentra en un estado de colapso debido a la sobrecarga de expedientes”, lo que “impacta directamente en uno de los grupos vulnerables que define nuestra Constitución -los jubilados–, que no logran obtener respuestas en tiempo y forma de los jueces cuando efectúan un reclamo en torno a su prestación previsional, de neto carácter vital y alimentario”.

El tribunal destacó que la unificación de todas las causas en el fuero federal de la Seguridad Social, dispuesto por ley en 1995, apuntaba a facilitar y agilizar la tramitación de los expedientes, pero “tales objetivos no se cumplieron sino que por el contrario… afecta en forma decisiva la posibilidad de que los jubilados obtengan en forma rápida y eficiente una respuesta de los jueces”.

De esta manera, los reclamos previsionales recaerán en las cámaras federales de todo el país, lo que en teoría debería agilizar la tramitación de los expedientes, que en la actualidad se demoran años. En ese sentido, la Corte reclamó al Congreso la creación de nuevos tribunales con competencia en materia de seguridad social, así como “dictar las disposiciones que permitan abreviar los procedimientos por los cuales tramitan esta clase de asuntos”.

En ese contexto, los magistrados también firmaron una Acordada en la que exhortan al Poder Ejecutivo para que ejerza “sus facultades como jefe del gobierno de la Administración Central de la República” y disponga que “las agencias bajo su ámbito lleven a cabo un acatamiento institucional de las decisiones reiteradamente tomadas por esta Corte”.

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