Lunes, 7 de enero de 2013 | Hoy
La "Sala de Feria" de la Cámara en lo Civil y Comercial Federal notificó esta mañana a las partes la resolución por la cual hizo lugar a una medida cautelar de la Sociedad Rural Argentina (SRA) contra el decreto que declaró la nulidad de la venta a "precio vil" del predio ferial. Consideró que la SRA es la propietaria del terreno y que el Estado debe impugnar por vía judicial.
Fallo completo
Los camaristas Graciela Medina, Francisco de las Carreras y Ricardo Guarinoni afirmaron, en una resolución de algo más de 11 carillas, que "el Estado Nacional carecería, en principio, de legitimación para intentar recuperar un bien que vendió hace más de veinte años, por un acto unilateral. Aún cuando el precio hubiera sido 'vil' como el Poder Ejecutivo sostiene, el Estado debería recurrir a la vía judicial para dejar sin efecto el acto que considera lesivo".
"La nulidad de un asiento efectuado en el Registro de la Propiedad sólo puede ser declarada judicialmente. Mientras ello no se realice, el titular registral goza de todos los derechos que le confiere el dominio", ampliaron los camaristas.
La "sala de feria" de la Cámara en lo Civil y Comercial Federal sostuvo que "la urgencia es evidente ante la posibilidad de que órganos de la administración despojen a la SRA de la propiedad que le fuera vendida por escritura pública sin indemnización, sin juicio y sin devolución previa de lo pagado, ni de lo invertido y sin juicio". La resolución recuerda que el 15 de agosto de 2012 la SRA inició una acción declarativa de certeza para determinar el dinero que le debía "pagar al Estado Nacional en concepto de saldo de precio por la compraventa y cuáles son los parámetros que deberán utilizarse para su cálculo".
Sobre esa operación, en junio de 2010, el juez federal Sergio Torres sostuvo que "estamos ante un concierto de voluntades que tuvo por fin sustraer del patrimonio del Estado Nacional el inmueble del predio ferial de Palermo y en ello han intervenido funcionarios de la administración central, dirigentes de la Sociedad Rural Argentina, contando con la necesaria colaboración de los peritos tasadores".
Por ese delito -calificado como peculado- el magistrado procesó al ex ministro de economía Domingo Cavallo y le trabó un embargo de 10 millones de pesos; junto al ex presidente de la Sociedad Rural, Eduardo de Zavalía y al ex titular de la Comisión de Venta de Inmuebles Estatales, Matías Ordoñez, entre otros; mientras dictó la "falta de mérito" para el ex presidente Carlos Menem.
Según constancias del expediente, la "venta" de los terrenos de más de 120.000 metros cuadrados, en una de las zonas más cotizadas de la Ciudad de Buenos Aires, se pactó en 30 millones de dólares mientras que peritos de la Corte Suprema de Justicia lo valuaron luego, ante un pedido del juez, en un "piso" mínimo de 131.800.000 pesos-dólares.
Al analizar la operatoria de la venta a precio vil, Torres explicó que el terreno "quedó fuera de control de la administración con los fines de su explotación comercial para la cual la SRA ya tenía previsto la constitución de una sociedad comercial que le permita saltar el límite impuesto por su objetivo constitutivo", en referencia al armado de la empresa "La Rural de Palermo Sociedad Anónima" con fines comerciales para construir un centro internacional de exposiciones y congresos con áreas de entretenimiento, gastronomía y cines.
Junto a Cavallo y Zavalía, el juez procesó a Juan Alberto Ravagnan, ex secretario de la SRA; Raúl Orestes Angelini, Ricardo Isidoro Schapiro, y Juan Manuel Insúa, ex funcionarios del Banco de la Ciudad; Jorge Frost, Carlos Alberto Ratto, y Daniel Ivakhoff, ex funcionarios del ex Banco Hipotecario Nacional; Matías Lucas Ordóñez, ex presidente de la Comisión de Venta de Inmuebles Estatales; y Gastón Ramón Figueroa Alcorta, ex director de la Comisión de Venta de Inmuebles Estatales.
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