Sábado, 30 de enero de 2010 | Hoy
ECONOMíA › LA JUSTICIA RESPALDó A LA COMISIóN DE VALORES
La Sala de Feria de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial rechazó un pedido de Papel Prensa para que se dictara una medida cautelar con respecto a una resolución adoptada en noviembre por la Comisión Nacional de Valores a través de la cual dispuso la irregularidad e ineficacia de reuniones de directorio de la sociedad. El fallo, firmado por los jueces Ana Isabel Piaggi, Pablo Heredia y Juan Manuel Ojea Quintana, concluye que “no se ha esclarecido suficientemente que el perjuicio invocado (por Papel Prensa) no sea susceptible de repararse por los cauces ordinarios, lo peticionado en el escrito a despacho no puede prosperar. Se rechaza la medida cautelar”.
“A criterio de esta Sala de Feria, no se vislumbra prima facie que el acto administrativo impugnado esté teñido de una manifiesta arbitrariedad o ilegalidad que justifique suspender su ejecutoriedad”, explica la Cámara a través de su dictamen, que fue resuelto en la segunda semana de enero. Papel Prensa había solicitado la habilitación de feria judicial para reclamar “una medida precautoria que suspenda los efectos de la resolución 16.222 adoptada por la Comisión Nacional de Valores”.
El conflicto comenzó porque la empresa realizó dos reuniones de directorio el 4 de noviembre, una a las 11.45 y otra a las 12. En la primera se renovaron las autoridades, siendo elegido Alberto Maquieira como nuevo presidente en lugar de Luis María Julio Saguier, mientras que en la segunda se aprobó el balance trimestral. El problema es que la CNV constató durante las verificaciones realizadas los días 6, 9 y 10 del mismo mes que el balance fue firmado por Saguier, quien había dejado de ser presidente en la reunión anterior. Además, las actas de directorio se encontraban incompletas y sin la firma de quienes habían estado presentes. Eso motivó el inicio de un sumario. El organismo regulador recordó allí que el artículo 54 del Código de Comercio establece la prohibición no “solo de alterar en los asientos el orden progresivo de las fechas (...) sino hacer interlineaciones, raspaduras o enmiendas”, pues los errores u omisiones se deben salvar por medio de un nuevo asiento”.
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