Sábado, 3 de marzo de 2012 | Hoy
La Corte Suprema de Justicia falló en favor de Telefónica de Argentina en un pleito contra la AFIP y desestimó, por falta de “sustento”, el criterio del Fisco sobre la forma en que deben liquidar el Impuesto a las Ganancias las empresas de servicios públicos. En un fallo que sentó jurisprudencia, la Corte revocó las resoluciones de primera y segunda instancia en favor de la AFIP-DGI y dispuso que Telefónica podía pagar impuestos a las Ganancias luego de descontar de esa suma a aquellos deudores a los que consideraba incobrables o morosos. De esta manera, el máximo tribunal dejó abierta la puerta para que el resto de las empresas que prestan servicios públicos puedan seguir el mismo camino, ya que se ratificó que el cumplimiento de los pasos establecidos por los respectivos marcos regulatorios para el tratamiento de la morosidad de clientes es suficiente índice para su deducción impositiva.
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