ECONOMíA › EN INTERNET, LA AFIP PLANTEA CONSULTAS DE COMPRA CON FINES CONCRETOS

Dólares con justificación

El organismo recaudador modificó su página web para consultar por la compra de moneda extranjera. Sólo se permite averiguar si los dólares son para viajes o adquisición de bienes muebles o inmuebles, pero ya no para destinos no específicos.

 Por Cristian Carrillo

La AFIP excluyó desde ayer en su página web la opción de comprar dólares sin justificar el destino. El organismo ofrece como alternativa la adquisición de moneda extranjera sólo con fines específicos, como afrontar viajes al exterior, comprar inmuebles, vehículos, maquinaria agrícola o industrial, equipamiento médico y científico, entre otros bienes. El ente recaudador modificó su página en Internet para la consulta de los contribuyentes, la cual no contempla la opción “ahorro” o “atesoramiento”. El titular de la AFIP, Ricardo Echegaray, había manifestado que incluiría un link para atesoramiento. Sin embargo, esa opción no está activa y desde el organismo no dieron precisiones si se incluirá más adelante. Se trata de una consulta que no implica su validación inmediata. También habrá que ver cómo funciona la base de datos de bancos, ya que en las últimas semanas se registraron inconsistencias entre los resultados de las solicitudes cursadas por Internet y las que se realizaban en las entidades financieras posteriormente.

En las últimas horas se reflejaron nuevamente algunos inconvenientes en la validación por parte de la AFIP de las solicitudes para compra de moneda extranjera, incluso para fines turísticos, segmento que venía mostrando cierta fluidez. Esto se debió a que la entidad estaba actualizando el sistema de consultas, según justificaron desde el entorno de Echegaray. El funcionario había señalado el martes de la semana pasada que el objetivo oficial es desincentivar la adquisición de moneda extranjera para atesoramiento. No obstante, aseguró que incluiría un código de consulta para ese fin, el cual luego debería pasar por el tamiz del organismo.

Desde ayer a la tarde, los contribuyentes que ingresan con sus CUIT/CUIL y clave fiscal al sistema de validación se encuentran con las tres primeras opciones de consulta: viajes al exterior, adquisición de bienes –del cual se despliega la opción inmuebles– y otros destinos. Quien ingrese a este último ítem podrá elegir la solicitud de divisas para la compra de vehículos y motovehículos, maquinaria agrícola, maquinaria industrial, aeronaves, embarcaciones, instrumental médico o equipamiento científico o de laboratorio.

Las complicaciones para comprar dólares motivaron la presentación de varios amparos de contribuyentes. La respuesta negativa que obtuvo ayer una de esas presentaciones fue leída por la AFIP como una pequeña victoria, aunque se trata de uno más entre una decena de amparos que todavía no fueron tratados por su cuestión de fondo. El organismo difundió un fallo del juzgado de San Martín en respuesta a un amparo solicitado por un contribuyente, José Rojas, para dolarizar un crédito hipotecario. El demandante pretendía comprar dólares con fondos provenientes de un crédito hipotecario y de la venta de un inmueble. El juez federal de primera instancia de San Martín, Oscar Papavero, consideró que el amparo no es “idóneo” para este tipo de reclamos y reencausó la medida a un proceso administrativo ordinario.

En la misma línea, el directorio del Banco Central aprobó ayer un nuevo código para que las empresas de transporte de carga puedan adquirir divisas para el pago en efectivo de distintos servicios y compromisos durante el viaje. Los gastos contemplados son combustible, peajes, tasas, servicios y estadías de los conductores, entre otros. Para afrontar estos compromisos, el monto máximo autorizado surge de un índice, el cual equivale a 0,60 dólar por kilómetro recorrido fuera del territorio argentino. En el mismo encuentro de directorio, el Central dispuso la prohibición para que los bancos compren o vendan bonos en moneda extranjera, negociando las divisas para la operación en Nueva York. A diferencia de las operaciones de contado con liquidación, que se trata de una simulación de compra-venta de activos bursátiles para fugar capitales, estas transacciones eran legítimas, pero también implicaban una importante salida de divisas. Desde 2005, los bancos tenían autorización de hacer este negocio por hasta el uno por ciento de la responsabilidad patrimonial computable.

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La AFIP celebró ayer el rechazo de un pedido de amparo de un contribuyente que quería comprar dólares.
Imagen: Leandro Teysseire
 
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