Viernes, 19 de julio de 2013 | Hoy
ECONOMíA › EL BANCO CENTRAL REGULO LOS CARGOS Y COMISIONES QUE COBRAN LAS ENTIDADES FINANCIERAS
La medida prohíbe cobrar el envío de resúmenes de cuenta, movimientos por ventanilla, costos por evaluación y otorgamientos de financiaciones y contratación y administración de seguros, entre otros ítem. Entrará en vigencia el 30 de septiembre.
Por Tomás Lukin
El Banco Central se metió con la letra chica de los bancos. La autoridad monetaria aprobó ayer una normativa para regular los cargos y comisiones que cobran las entidades en sus productos y servicios. La resolución prohíbe a los bancos reclamar cargos por el envío de resúmenes de cuenta, movimientos por ventanilla, costos por evaluación y otorgamiento de financiaciones y contratación y administración de seguros. Desde el BCRA afirman que las limitaciones a los abusos y las prohibiciones redundarán en una baja de los costos de financiamiento. Esos cambios serán más importantes en segmentos como los préstamos al consumo donde se registran los costos financieros más elevados. La medida alcanzará a todos los usuarios, ya que los bancos deberán adecuar los contratos vigentes a la nueva normativa. La decisión tendrá vigencia a partir del 30 de septiembre.
“Antes el Banco Central era un actor pasivo frente a los excesos del sistema financiero. La nueva Carta Orgánica y una clara decisión política permiten combatir los abusos y garantizar crédito a tasa fija para el sector productivo”, afirmó ayer la presidenta del Banco Central, Mercedes Marcó del Pont, a través de un comunicado. Desde la autoridad monetaria explican que, más allá de la heterogeneidad de los cargos y comisiones que hay en el sector, la mayoría de los bancos abusa de sus atribuciones, a punto tal que llegan a cubrir una porción significativa de sus costos operativos con esos cargos y comisiones.
En los últimos días Cristina Fernández de Kirchner vinculó la escalada en la cotización del dólar ilegal con el malestar de las entidades bancarias por la reducción de las tasas de interés que generaron las líneas de financiamiento creadas por el BCRA. “El 60 por ciento del aumento del crédito a las empresas en lo que va del año es consecuencia del financiamiento orientado por el Banco Central a tasa fija y a largo plazo”, sostuvo Marcó del Pont en referencia a la Línea de Inversión Productiva y los Créditos del Bicentenario.
Además de limitar comisiones y prohibir cargos, la nueva normativa fija una “cláusula de revocación” en todos los contratos de productos financieros. Desde principios de octubre todos los usuarios que saquen un crédito personal o soliciten una tarjeta de crédito tendrán un plazo de diez días durante el cual el usuario podrá arrepentirse del producto o servicio contratado. La posibilidad de dar marcha atrás estará disponible siempre y cuando el usuario no haya utilizado el servicio. El BCRA informó ayer que esa facultad no representará costo alguno y deberá ser informada por las entidades.
La resolución aprobada ayer por los directivos de la autoridad monetaria dispone que es obligatorio incluir en todos los contratos que suscriben los bancos con los usuarios la tasa de interés y el costo financiero total. Entre los cargos y comisiones no admitidos, porque constituyen parte de las funciones inherentes a las entidades, figuran operaciones como la generación de resúmenes de cuenta o los movimientos por ventanilla. En el caso de los servicios prestados por terceros, como el envío de un resumen de cuenta por correo, las entidades sólo podrán trasladar al cliente el costo de ese servicio sin adicionales.
“El Banco quedará relevado de toda responsabilidad” o “el Banco se reserva unilateralmente la facultad de variar las características o calidad del servicio”, son algunas de las cláusulas abusivas que las entidades ya no podrán incluir en los contratos. La resolución del BCRA también limita las cláusulas que implican una renuncia o restricción a los derechos de los usuarios. Por ejemplo, aquellas que establecen que “las partes quedarán sometidas a los tribunales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”, cuando en realidad los usuarios pueden vivir en cualquier provincia. Por eso, el juzgado competente es el del domicilio real del consumidor.
Además, los bancos tampoco podrán cobrar cargos y comisiones por servicios o productos que no hayan sido solicitados, pactados o autorizados por los usuarios de servicios financieros, o cuando no haya existido una prestación efectiva. En materia de seguros, la regulación establece la obligación para que las entidades otorguen a los usuarios la opción de elegir entre al menos tres compañías no vinculadas entre sí.
La decisión también se mete literalmente con la letra chica de los contratos, ya que dispone recaudos mínimos que deberán cumplir todos los contratos referidos a productos y servicios financieros como el tamaño de la letra, la suscripción obligatoria de doble ejemplar y la entrega de copias al cliente.
En el Banco Central reiteran que el sistema financiero se apropia de elevados niveles de rentabilidad en perjuicio de los usuarios. Por eso aseguran que la nueva regulación generará una reducción en los costos de financiamiento. “Afianzamos la protección a los usuarios, evitando situaciones abusivas. Todas estas decisiones favorecerán a los usuarios con una reducción del costo de operar”, afirmó Marcó del Pont.
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