Domingo, 10 de agosto de 2014 | Hoy
ECONOMíA › REPORTAJE AL JURISTA MARCELO KOHEN, MIEMBRO DEL EQUIPO LEGAL ANTE EL TRIBUNAL DE LA HAYA
La postura argentina ante la Corte internacional sostiene que todo país se hace responsable de las acciones de sus tres poderes, y que Washington no puede simplemente decir que las partes deben negociar. Los pasos a seguir.
Por Raúl Kollmann
”Estados Unidos tiene que formular una propuesta alternativa de solución de la controversia. Si solo responde ‘que negocien Argentina con sus acreedores’ estaría escamoteando el problema. Tiene que haber una negociación de Estado a Estado.” El profesor de Derecho Internacional e integrante del equipo jurídico argentino en el tribunal de La Haya, Marcelo Kohen, dialogó con Página/12 sobre la presentación argentina en La Haya acerca de la existencia de una violación de soberanía y cómo sigue el choque con el juez Griesa y Estados Unidos de ahora en adelante.
–Usted ha dicho que la presentación argentina en La Haya era adecuada. Pero el gobierno de los Estados Unidos rechazó ayer el planteo argentino, considerando que La Haya es “inadecuado”.
–Dejo a salvo que todavía no vi respuesta oficial alguna de parte de los Estados Unidos. El planteo argentino ante la Corte Internacional de Justicia se refiere a una disputa de Estado a Estado. El Poder Judicial de los Estados Unidos forma parte del aparato estatal y los Estados son responsables en el plano internacional de los actos de sus tres poderes. La Argentina recurrió al órgano judicial principal de las Naciones Unidas que precisamente tiene por misión resolver conforme al Derecho Internacional disputas interestatales. La Argentina invoca violaciones de obligaciones fundadas en el Derecho Internacional: el respeto de la soberanía de otros Estados (la reestructuración de la deuda pública es una prerrogativa soberana), el respeto de las inmunidades de jurisdicción y ejecución (los fondos bloqueados por el juez Griesa constituyen un monto depositado por la Argentina en el marco del pago de su deuda soberana y por lo tanto gozan de inmunidades que el juez infringe), la obligación de no aplicar medidas tendientes a forzar la voluntad soberana de otro Estado, que figura en el Artículo 20 de la Carta de la OEA, y la obligación de ejercer de buena fe y conforme a derecho las funciones judiciales que la Argentina ha aceptado y en el marco estricto de esa aceptación. La Argentina considera que el Poder Judicial de los Estados Unidos no ha actuado de esa manera. La Corte de La Haya constituye por lo tanto un marco idóneo, como lo demuestran muchos casos ante la Corte en los que se debatieron comportamientos de órganos judiciales internos considerados contrarios al Derecho Internacional. El gobierno estadounidense no puede confundir esta controversia con la que tiene la Argentina con los fondos buitre. Si el gobierno estadounidense afirmara como sola respuesta que “la Argentina tiene que resolver su problema con sus acreedores”, lo que estaría haciendo es simplemente escamotear el problema. No es la manera de resolver las controversias internacionales.
–Hubo medios que consideraron la presentación como que “Argentina desafía a Estados Unidos” y esos mismos medios sostuvieron que la presentación perjudicaría a la economía del país.
–La Corte Internacional de Justicia es un medio de solución de controversias a disposición de los Estados. Ir a La Haya no constituye un gesto inamistoso. Implica que el Estado que va está dispuesto a que su planteo sea juzgado por la máxima instancia judicial mundial. Por lo demás, nunca vi que por el hecho que un Estado utilice el medio pacífico por excelencia para resolver disputas, como es el recurso judicial, se perjudique su economía. A menos que la otra parte no sólo no acepte resolver la controversia sino que también recurra a sanciones económicas contra el Estado que lo demanda, algo contrario al Derecho Internacional e inimaginable en este contexto.
–¿Cree que esto cierra totalmente las chances de que exista una mediación, una instancia de Estado a Estado?
–No. La Argentina planteó en su demanda que si Estados Unidos no acepta la competencia de la Corte de La Haya, tiene que formular una propuesta alternativa de mecanismo de solución de la controversia. Los Estados tienen la obligación de resolver sus controversias por medios pacíficos, como lo establecen la Carta de la ONU y de la OEA. No se trata de una mera obligación de abstención, sino de una obligación de medios. Tiene que haber al menos negociaciones entre los dos gobiernos para intentar resolver esta cuestión.
–Algunos comentaristas afirman que, habida cuenta del rechazo estadounidense, ir a la Corte de La Haya fue un fracaso. ¿Está de acuerdo?
–No, en absoluto. Desde el momento mismo en que se presentó la demanda, el gobierno argentino explicó claramente la situación: ante la ausencia de una base de competencia preestablecida, su demanda constituía una invitación al gobierno de los Estados Unidos para que acepte dirimir la cuestión ante la Corte de La Haya. Cuando una situación aparece bloqueada, no se puede criticar a la parte que busca por todos los medios de desbloquearla. ¿A quién corresponde criticar? ¿Al Estado que busca resolver la controversia o aquel que lo impide? Con la demanda queda perfectamente claro cuál es la naturaleza de la controversia que existe con los Estados Unidos. El rechazo de la invitación a resolverla en la Corte muestra también quién es el país que está dispuesto a someter su posición a la decisión de la Justicia internacional y a resolver así la cuestión y quién no.
–Tanto usted como el juez de la Corte Raúl Zaffaroni consideraron una irregularidad que un juez distrital ponga en jaque a un país. Zaffaroni dijo que la Corte Suprema norteamericana tiene responsabilidad al no haber intervenido. Y están los que sostienen que la actitud de la Corte norteamericana no es producto de una cuestión procesal, sino de una decisión política, de lobby de los sectores financieros. ¿Cómo ve usted este panorama?
–Los fondos buitre son tenedores de bonos en default que reconocen la jurisdicción de los tribunales de Nueva York. Pero esta aceptación de la jurisdicción estadounidense no es ilimitada ni la Argentina perdió su carácter soberano por tal aceptación. Lo que sucede es que la Justicia estadounidense no ejerció su jurisdicción de buena fe, lo hizo de manera arbitraria y se excedió en su competencia hacia la Argentina, violando así reglas elementales en el trato debido a un Estado extranjero. La Corte Suprema estadounidense debería remediar esta situación, pero su pregunta va más allá de la presentación hecha por la Argentina el jueves en La Haya.
–Un columnista de The Guardian sostuvo que una simple intervención del presidente Obama diciendo que el fallo interfiere en las relaciones internacionales de Estados Unidos revocaría el fallo de Griesa. ¿Cree que efectivamente el presidente Obama tiene esa facultad?
–Es una cuestión de derecho interno estadounidense. Simplemente digo que cuando se habla de división de poderes, esa división juega en ambas direcciones. Si el Ejecutivo no puede intervenir en cuestiones de incumbencia del Poder Judicial, este último tampoco puede intervenir en cuestiones de incumbencia del Poder Ejecutivo. El manejo de las relaciones exteriores de un Estado no son cuestiones para las jueces, son de incumbencia del Ejecutivo. La manera en que un Estado reestructura su deuda pública es de su exclusiva atribución soberana y los demás Estados deben respetarla. Se trata de una cuestión que concierne a las relaciones internacionales. En todos los Estados existen mecanismos para resolver los problemas de conflictos de competencias entre los diferentes órganos. Si la administración Obama decide utilizarlos o no, es una cuestión que va más allá de las posibilidades que tiene la Argentina. Lo que está claro es que la demanda argentina ante La Haya le brindaba al Ejecutivo estadounidense una manera de resolver esta cuestión, sin perjuicio de que la administración Obama tenga otras a su alcance en el plano interno.
–El juez Griesa acaba de amenazar a la Argentina con declarar al país en desacato. ¿Qué consecuencias tendría?
–A partir del momento en que el juez Griesa no respeta las inmunidades soberanas argentinas y se extralimita en el ejercicio de sus competencias, tal declaración no tendría efecto alguno en Derecho Internacional. En lo que hace al aspecto interno, la Argentina ha contratado de larga data un estudio jurídico estadounidense que sigue la cuestión en el ámbito de la Justicia de su país. Es de esperar que tal estudio haga el análisis pertinente de lo que corresponde hacer en el plano interno.
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