Domingo, 22 de noviembre de 2015 | Hoy
ECONOMíA › LIMITE A ACTIVOS EN DOLARES
Por Raúl Dellatorre
El Banco Central dio a conocer, a última hora del viernes, una resolución por la cual redujo el límite máximo autorizado a las entidades financieras para mantener activos en moneda extranjera. La decisión está vinculada con la transición hasta la asunción de las nuevas autoridades, prevista para el 10 de diciembre, frente a la actitud especulativa de los exportadores de postergar el ingreso de divisas hasta conocer las medidas de un nuevo gobierno, y la de los bancos buscando beneficiarse con una devaluación.
La medida vincula el valor total de los activos financieros en divisas de cada entidad, con su patrimonio total (o “responsabilidad patrimonial computable”, RPC, en términos técnicos). Esa obligación o “restricción” había existido históricamente, pero en los primeros años del kirchnerismo, con un ingreso excedente de divisas, se había dejado de lado. Fue Juan Carlos Fábrega como titular del Banco Central quien la repuso, en febrero de 2014 (tras la devaluación de enero), fijándola en un 30 por ciento de la RPC. El propósito era moderar el juego especulativo de los grandes bancos. En aquel momento, hubo bancos que llegaron a exhibir una proporción total de activos en dólares equivalentes a cuatro veces su patrimonio computable, a través de las compras a futuro de dólares por encima del valor de su propio patrimonio.
Esa proporción máxima de activos dolarizados fue disminuida luego a 20 por ciento (septiembre de 2014) y, a partir de esta semana, a 15 por ciento, medido como “posición global neta en moneda extranjera” (Pgnme) en relación con su RPC. La Pgnme, como posición neta, supone tomar en cuenta todos los activos menos los pasivos en moneda extranjera. Es decir que los depósitos en dólares de los clientes (que constituyen pasivos del banco) no son afectados por el recorte, como algunas especulaciones de analistas en el día de ayer parecían sugerir. De todos modos, los bancos que se encuentren con excedentes en moneda extranjera que superen el 20 por ciento de su RPC, se verán obligados a desprenderse de divisas o títulos dolarizados para cumplir con la norma. También se dispuso un límite para las posiciones de los bancos en dólar futuro (la denominada Posición Abierta Computable, PAC), que de un 125 por ciento de la RPC deberá pasar al 50 por ciento.
El propósito de la autoridad monetaria es regular tanto el mercado libre de cambios presente como el mercado a futuro, para que la escasez de oferta de los exportadores, por un lado, y la demanda especulativa de los bancos, por otro, no provoquen una situación de presión sobre el tipo de cambio buscando obligar a una devaluación anticipada. Las fuentes cercanas al BCRA estiman que el excedente del que deberían desprenderse los bancos está en el orden de los mil millones de dólares.
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