ECONOMíA › POLEMICA OPERACION DEL SANTANDER
El Río, revocado
Por Julio Nudler
Enrique Fowler Newton, un catedrático de la UBA de gran prestigio en el área contable y de auditoría, planteó ante otros profesionales colegas en un texto que circula por Internet sus reparos a una decisión tomada por el Banco Río, debido a la cual el dueño de esa entidad local, el Santander Central Hispano, se llevó 38 millones de dólares el 16 de noviembre de 2001, en medio de la corrida y dos semanas antes de la imposición del corralito. Quedó revocado de ese modo lo que había constituido un “aporte irrevocable”, efectuado el 31 de julio de 1996 por el banco español a su entonces filial homónima en la Argentina, fusionada por absorción con el Río al año siguiente. Aparte de la salida de divisas en momentos críticos, lo que discuten expertos como Arnaud Iribarne es si no se infló engañosamente el patrimonio del Río con la anotación de un aporte que no pasó de ser un préstamo. Con ello podría haberse perjudicado a los depositantes y a los inversores bursátiles, ya que el Río salió a la Bolsa en el 2000.
Está claro, de todas formas, que ese manejo contable no tuvo nada de ilegal, simplemente porque se trata de una materia no legislada. En este sentido, y según indicó Fowler a Página/12, el Consejo Profesional de Ciencias Económicas acaba de dictar normas contables para esa práctica. Por ellas se fijan condiciones estrictas para que un aporte integre el patrimonio. Entre ellas, que un acuerdo escrito establezca que el aportante mantendrá su aporte, salvo cuando su devolución sea decidida por la asamblea de accionistas del ente mediante un procedimiento similar al de una reducción del capital social, y que el destino del aporte sea su futura conversión en acciones. “Los aportes que no cumplan las condiciones mencionadas –fija el CPCE– integran el pasivo.”
En su escrito, Fowler explica que en la Argentina “esta figura se utiliza para registrar aportes destinados a su posterior capitalización... Por otra parte, la emisión de las correspondientes acciones no debería demorar mucho”, a lo sumo unos meses. Lo anómalo del caso Santander/Río es que transcurrieron años sin que el aporte fuese capitalizado. Mientras tanto, el banco local lo mostró en sus estados contables como parte de su patrimonio.
Iribarne aclara que la modalidad suele ser utilizada cuando una sociedad sufre quebrantos tales que corre el riesgo de perder más del 50 por ciento de su patrimonio y, por ende, quedar disuelta. Terceros, o uno o más socios, pueden salvarla mediante un aporte irrevocable, dando tiempo a la realización de una asamblea que decida ampliar el capital, con la correspondiente emisión de acciones. El aporte quedará así capitalizado.
También es común que se apele a esta figura cuando un socio esté dispuesto a poner dinero adicional en una empresa con determinado fin (una inversión, por ejemplo), pero tenga el propósito de retirarlo más adelante, evitando en ese momento el engorroso trámite de una reducción de capital, que además puede dañar la imagen de la compañía.
Fowler, convencido de que “la disminución patrimonial de 38 millones (del Río) reduce la garantía con que cuentan sus depositantes en momentos en que el banco debe devolver depósitos con motivo de la resolución de diversos amparos judiciales”, planteó que sería bueno saber qué decisiones tomaron al respecto el BCRA y la Comisión Nacional de Valores. Este diario lo averiguó en ambos organismos de control y el resultado fue claro: nada.