Jueves, 6 de diciembre de 2007 | Hoy
ECONOMíA › POLEMICA CON FIRMAS MINERAS POR QUITA DE BENEFICIOS
La decisión de eliminar un beneficio a cuatro firmas exportadoras movilizó al lobby del sector. La respuesta del titular de Aduanas.
Por Raúl Dellatorre
Desde Kazajstán, donde viajó para participar de un encuentro técnico para funcionarios del sector aduanero, el titular de esa área en Argentina hizo oír su voz para responderles a los empresarios mineros que lo acusaron de haber aplicado retenciones indebidas a las exportaciones de cuatro empresas del sector. “La Secretaría de Minería es la que señala, como autoridad de aplicación, a cuáles empresas les corresponde el régimen de Estabilidad Fiscal, que las exceptúa del pago de derechos, y a cuáles no. La Aduana es simplemente la autoridad ejecutora”, respondió a Página/12 desde la lejana ex república soviética Ricardo Echegaray, envuelto en una polémica que, a su criterio, es totalmente injustificada. “Cualquier otra interpretación es desconocer los aspectos propios de la operatoria o, lo que es peor, ignorar la mecánica normativa del comercio exterior y el control aduanero”, expresó.
Desde hace por lo menos diez días, se analiza en el seno del Ejecutivo el aumento de las retenciones a la exportación de minerales ante la fuerte suba en los precios internacionales, al igual que antes se hizo con los cereales y los hidrocarburos. En el caso de los minerales, no tanto para evitar un traslado de mayores costos al mercado interno –los minerales más valorados son exportados casi en su totalidad–, sino con el propósito de gravar aquellas rentas extraordinarias que no están relacionadas con la eficiencia o la productividad empresaria.
Los principales productos minerales exportados por Argentina son el oro y el cobre, cuyas cotizaciones más que se duplicaron en los dos últimos años. Los derechos de exportación para el sector no superan los diez puntos. Pero, además, la actividad recibe otros beneficios diferenciales sobre el resto de los sectores productivos. Están habilitadas a dejar fuera del país el 100 por ciento de las divisas que reciben al exportar, gozan de diversas desgravaciones (incluso sobre el combustible y otros insumos que utilizan en el proceso) y en el caso del impuesto a las Ganancias, están facultadas a deducir hasta el 50 por ciento del valor de las reservas en explotación como si se tratara de aportes de capital.
Capitales canadienses, estadounidenses, europeos y australianos han llegado en los últimos años atraídos por las ventajas impositivas. La primera corriente inversora llegó en los ’90 con la generosa Ley de Minería del gobierno de Carlos Menem. Pero fue en los últimos dos años cuando la entrada de capitales adquirió mayor dinamismo. Según un estudio de la cámara que nuclea a las empresas del sector, de los aproximadamente 1200 millones de dólares invertidos en 2006 se pasó a más de 2500 millones a lo largo del año por concluir.
Las informaciones sobre la posible aplicación de retenciones extra a la minería movilizaron al poderoso lobby del sector, que buscó por todos los medios impedir un avance en tal sentido. En ese marco, la “novedad” de que una serie de empresas habían sido excluidas de los beneficios de la Ley de Estabilidad Fiscal Minera desató una reacción de la cámara del sector. Dicha norma otorga, en casos determinados, el beneficio de mantener estables las normas impositivas por un plazo de hasta 30 años. El supuesto “cambio en la normativa” para el sector consistió en que la Secretaría de Minería informó a la Aduana que Borax Argentina, Procesadora de Boratos Argentinos, Minera del Altiplano y Minera Alumbrera dejaban de percibir las ventajas de la Ley de Estabilidad Fiscal. En virtud de ello, la Aduana implementó los mecanismos para hacer efectivo el cobro de los derechos de exportación correspondientes.
“Hay que tener en cuenta que la ley es un régimen de excepción, no la norma para el conjunto”, explicaba anoche Echegaray telefónicamente. “Si la Secretaría de Minería no califica un proyecto o una empresa para gozar de los beneficios de la ley, le corresponde pagar los gravámenes como cualquier otra operación. Eso es lo que parece que no entienden quienes hablaron de un cambio de normativas o de la aplicación de retenciones por decreto. Desconocer los aspectos propios de la operatoria es malo; ahora, ignorar la mecánica normativa del comercio exterior y el control aduanero es peor”, concluyó.
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