Jueves, 17 de julio de 2008 | Hoy
EL PAíS › LA DISCUSIóN JURíDICA SIGUE VIGENTE
Los ruralistas insistirán con su pedido de declaración de inconstitucionalidad de las retenciones móviles. Hay juristas que opinan a favor y otros en contra.
Por Adriana Meyer
Así como acudieron en su momento a los jueces en busca de la declaración de inconstitucionalidad de la tan mentada resolución 125, los productores agropecuarios insistirán con el tema ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Más temprano que tarde el máximo tribunal se expedirá al respecto, pero antes los ruralistas tendrán que recorrer cada uno de los escalones del sistema judicial.
Para Beinusz Smukler, presidente de la Asociación de Abogados de Buenos Aires, si el Ejecutivo no hubiera enviado el proyecto al Parlamento, la situación legal hubiera sido más compleja porque “sí hubieran podido plantear que sólo el Congreso puede determinar impuestos, por más que hay sentencias de la Corte que han aceptado delegación legislativa. En tal caso tendría más fuerza el argumento de la inconstitucionalidad”, según explicó a PáginaI12. El constitucionalista Daniel Sabsay fue más tajante. “Esa hipótesis es el escenario actual, es decir que sin ley la resolución se cae, queda más patente su inconstitucionalidad y la entidad de una resolución ministerial es inferior al de una ley”, indicó.
Sabsay había dicho hace una semana en el Senado que “el artículo segundo del proyecto oficial de retenciones móviles (que remite al Código Aduanero) es inconstitucional” porque “viola los principios de legalidad y de no confiscatoriedad”. A su criterio, aunque el Código Aduanero determina que el Poder Ejecutivo puede gravar, desgravar y modifica en materia de derechos de exportación, lo hizo durante un gobierno de facto, en abierta violación al inciso 1 del artículo 75 de la Constitución “que indica claramente que corresponde al Congreso legislar en materia aduanera”. En tal sentido, Alberto Biglieri, profesor de Derecho Administrativo de la Universidad de Lomas de Zamora, había advertido que el Congreso debía atacar la fuente normativa de la resolución, es decir, el Código Aduanero. Y también alertó que si surgiera una ley “será irretroactiva”.
En cambio, Smukler considera que si hubiera una ley, sería “plenamente constitucional y la Justicia no debería fallar de otra manera, ni siquiera la Corte”. El ex consejero de la Magistratura señaló que el proyecto establecía “un impuesto sobre la renta extraordinaria, que no sólo han sido admitidos por la Corte en más de un caso y en materia de derechos de exportación e importación en forma específica, sino que también hay antecedentes a nivel internacional, como en Estados Unidos, que está vigente el impuesto sobre la renta extraordinaria del petróleo”. Según su opinión, la inicitiva del Ejecutivo era “incuestionable en su constitucionalidad”, pero vaticinó que los planteos vendrían “por el tema del tope del 33 por ciento, que no es un capricho, sino que lo fijó la Corte en sus fallos”. De todos modos, Smukler no quiso especular porque no sería la primera vez que “la Corte cambia de opinión”. Pero afirmó que habría quien “encare un insistente planteo de inconstitucionalidad sosteniendo que el Congreso habría ratificado una resolución ministerial que ya era inconstitucional, pero esto no tendría sustento, sería un rigorismo formal que iría contra todos los principios’”.
Para Sabsay, tanto la resolución como la ley serían inconstitucionales, pero aclaró que si sale una norma del Congreso “no está viciada de hecho” porque la declaración de inconstitucionalidad debe darse a solicitud de alguna parte afectada en su patrimonio, ya sea por la vía del amparo o por una acción declarativa de certeza”.
Cuando los planteos por las retenciones móviles, que ya fueron hechos por ruralistas, lleguen finalmente a la Corte Suprema, luego de recorrer las diferentes instancias judiciales, los integrantes del máximo tribunal se pronunciarán. Tendrían una biblioteca de sobra para sostener si invalidan o no la herramienta oficial, ya sea la resolución o la ley. Pero también podría ocurrir que en ese entonces, la cuestión se haya vuelto abstracta.
© 2000-2022 www.pagina12.com.ar | República Argentina | Política de privacidad | Todos los Derechos Reservados
Sitio desarrollado con software libre GNU/Linux.