Viernes, 19 de marzo de 2010 | Hoy
EL PAíS › A PARTIR DE LA SEMANA PROXIMA ESTARAN EN CONDICIONES DE PRONUNCIARSE SOBRE EL DNU 298
La Cámara en lo Contencioso Administrativo debe expedirse sobre las cautelares de la jueza Rodríguez Vidal que bloquearon el uso de las reservas. Una breve resolución de ese tribunal dejó entrever la posibilidad de que libere los fondos.
Por Irina Hauser
A partir de la semana próxima un nuevo tribunal estará en condiciones de fallar sobre la validez del decreto de necesidad y urgencia que creó el Fondo del Desendeudamiento Argentino (Fondear). Es la Cámara en lo Contencioso Administrativo que deberá aprobar o anular las dos medidas cautelares dictadas por la jueza Claudia Rodríguez Vidal que bloquearon –a pedido de la UCR y del peronismo disidente– el uso de 4300 millones de dólares de las reservas previstos para pagar vencimientos de deuda. Una breve resolución de esta Cámara firmada el martes último, y que pasó inadvertida, da indicios de que existen chances de que libere los fondos.
Rodríguez Vidal admitió a principio de mes dos planteos contra el nuevo DNU y frenó así, otra vez, el uso de las reservas. Uno fue promovido por los peronistas Graciela Camaño, Felipe Solá y Alfredo Atanasof, y el otro por los radicales Gerardo Morales, Oscar Aguad y Ricardo Gil Lavedra. No eran medidas cautelares nuevas, sino la ampliación de los efectos de las que ya había dictado en enero la jueza María José Sarmiento, quien actuaba como subrogante para inmovilizar el (ahora inexistente) Fondo del Bicentenario (Fobi).
Según Rodríguez Vidal, los DNU del Fobi y del Fondear eran iguales. El segundo, argumentó, tenía la finalidad de eludir las medidas judiciales que impedían pagar deuda con reservas del Banco Central y saltear el análisis parlamentario del decreto. El Gobierno, a través de la Procuración del Tesoro, apeló. Lo hizo con tres argumentos centrales: que los legisladores carecen de legitimación para impulsar la causa ya que debían debatir en el Congreso; que los dos DNU son distintos, y que dado que el Fobi había sido derogado, y era la base del expediente, el tema se había vuelto abstracto como dijo la Corte Suprema en una tercera demanda, la que impulsaron Federico Pinedo (PRO) y diputados de la Coalición Cívica.
A los legisladores de la oposición se les termina el plazo para hacer sus últimas presentaciones en las primeras dos horas del lunes, aunque es posible que ya las entreguen hoy. Esto quiere decir que entre lunes y martes la Cámara del fuero Contencioso ya podrá ponerse a estudiar el tema. El tribunal está dividido en salas, y en este caso son dos diferentes las que intervienen.
- El juicio de los radicales está en manos de la Sala IV, cuyo único juez titular es Jorge Morán y actúan como subrogantes Sergio Fernández y Luis María Márquez. Los dos últimos habían sido recusados por una supuesta cercanía al gobierno nacional, pero fueron ratificados esta semana por una resolución de sus colegas de la Sala I.
- La Sala I es la que debe resolver el caso de los peronistas disidentes. Está integrada por Clara Do Pico, Néstor Buján y Pedro Coviello.
Según confirmaron a Página/12 funcionarios judiciales, la Sala IV firmó esta semana una resolución de un solo párrafo que podría tener grandes implicancias: declaró abstracta la primera demanda del radicalismo contra el Fobi, basándose en el fallo de la Corte Suprema que decía que el pleito había perdido sustancia con la derogación del DNU 2010/09. Sobre aquella demanda inicial de la UCR fue que Rodríguez Vidal admitió la ampliación de la medida cautelar para suspender el DNU del Fondear. Si es abstracta la base, bien podría desmoronarse el resto del expediente, razonan dos personas allegadas al pleito con intereses contrapuestos. “Desaparecen los cimientos, entonces se derrumba el castillo”, grafica uno de ellos. Uno de los posibles razonamientos es que si la causa principal deja de existir, los legisladores debieron haber iniciado nuevas demandas contra el decreto 728/10 y aguantarse todo el derrotero en tribunales.
En lo formal, la Cámara tiene mucho tiempo –cuarenta días– para pronunciarse. De todos modos, en ambas salas hay jueces –Fernández y Do Pico– que en diferentes circunstancias entendieron el tema como una cuestión urgente, de gravedad institucional. Do Pico fue una de las dos camaristas que en enero dejaron en pie el bloqueo a las reservas dispuesto por Sarmiento. Fernández es uno de los que conminó anteayer al juez Enrique Lavié Pico a definir de inmediato la disputa por la composición de la comisión bicameral que revisa los decretos. A esa pulseada judicial, que con la apelación que anunció Julio Cobos también volverá a la Cámara, también está atada la suerte del DNU de las reservas.
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