Jueves, 4 de noviembre de 2010 | Hoy
EL PAíS › TRES CAMARISTAS QUE NO PODRáN INVESTIGAR DELITOS DE LESA HUMANIDAD
La sala VI de la Cámara de Casación resolvió apartar a tres integrantes de la Cámara Federal de Mendoza de las causas en las que se investigan delitos de lesa humanidad en toda la jurisdicción del tribunal, que incluye a las provincias de Mendoza, San Juan y San Luis. Son los camaristas Julio Petra Fernández, Alfredo López Cuitiño y Enrique Sosa Arditti, quienes fueron removidos a instancias de un recurso presentado por el Ministerio Público Fiscal, que invocó la falta de “jurisdicción y competencia” para intervenir en esos procesos.
La Cámara de Casación hizo lugar al recurso, y en la resolución el camarista Gustavo Hornos señaló que “la situación jurisdiccional en la región de Cuyo, en particular, aquella relativa a la actuación o apartamiento de los integrantes de la Cámara Federal de Mendoza en causas de lesa humanidad, presenta una gravedad inusitada”. Hornos, a cuyo voto adhirieron Mariano González Palazzo y Augusto Diez Ojeda, detalló que esa gravedad consiste no sólo en la existencia de investigaciones sobre la actuación de esos magistrados durante la dictadura, sino también “por las constantes y sucesivas intervenciones suscitadas por las diversas recusaciones y excusaciones de los miembros del tribunal”. El camarista afirmó que “existe en Mendoza una crisis judicial tal que impide el juzgamiento de delitos de lesa humanidad cometidos en la región de Cuyo, lo que compromete seriamente la responsabilidad internacional del Estado. Esta excepcional y singular problemática requiere de una solución rápida y efectiva”.
A criterio de la Cámara de Casación, “los motivos aludidos en la recusación dispuesta exteriorizan elementos que pueden producir en las partes y en la sociedad dudas razonables acerca de la imparcialidad de los tres miembros del tribunal”, por lo cual decidió que resulta “razonable y conveniente el apartamiento de los señores jueces recusados en los términos que vienen solicitados por la representación del Ministerio Público Fiscal”.
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