EL PAíS › DAMIAN LORETI ANALIZA EL FALLO DE LA CORTE SUPREMA SOBRE LA LEY DE COMUNICACION

“No hay restricciones a la libertad de expresión”

Uno de los mayores especialistas en medios de comunicación repasó ante Página/12 lo resuelto por el máximo tribunal. También habló de la publicidad oficial, el reclamo de que haya conferencias de prensa y las críticas al supuesto “monopolio mediático” que creó el Gobierno.

 Por Sebastian Abrevaya

Damián Loreti es uno de los mayores especialistas en medios de comunicación del país. Es abogado y doctor en Ciencias de la Información. Fue director de la Carrera de Ciencias de la Comunicación de la Universidad de Buenos Aires, donde es titular de la cátedra de Derecho a la Información. También es docente en la Universidad de Lomas de Zamora, bastión del vicegobernador Gabriel Mariotto, ex titular de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (Afsca). Además, participó de la redacción de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (LdSCA), que esta semana sorteó el último de los obstáculos que mantenía su aplicación incompleta desde su sanción, en octubre de 2009. En diálogo con Página/12 analizó en profundidad los alcances del reciente fallo de la Corte Suprema que fijó el 7 de diciembre de este año como plazo “razonable” para que caduque la medida cautelar interpuesta por el grupo Clarín respecto del artículo 161, mal llamado de “desinversión”. Los reclamos por las conferencias de prensa, la publicidad oficial y las críticas de la oposición a un supuesto “monopolio mediático” creado por el Gobierno, son algunos de los ejes de la entrevista.

–¿Cuáles son, a su criterio, los puntos salientes del fallo, además de la cuestión de los plazos?

–Que es una cuestión netamente patrimonial y no hay cortapisas que surjan en materia de restricciones a libertad de expresión por parte de la ley. Eso tiene dos o tres ejes relevantes. El primero es que cuando se discutió la ley, nadie hablaba de derecho de propiedad, las campañas en contra estaban circunscriptas a la libertad de expresión. Que la Corte diga que no está afectada tiene dos consecuencias centrales, por un lado en términos de la propia legalidad interna y por el otro con el efecto regional porque la ley fue tomada como modelo para muchas otras cosas. Fue reconocida como un avance por la Relatoría de libertad de expresión de la OEA; la Relatoría de Naciones Unidas la llamó ejemplo tanto por el contenido como por el debate y también por Reporteros Sin Fronteras. Entonces, un efecto expansivo de la Corte Suprema argentina que dijera que la ley afectaba la libertad de expresión era de consecuencias institucionales, políticas y de estándares de libertad de expresión muy grave. Estábamos convencidos de que no había afectación en este plano y la Corte lo refrenda.

El segundo eje es que es una cuestión patrimonial. Los derechos adquiridos tienen que ver no con el derecho a la sustentabilidad o con una situación jurídica específica, sino con el derecho a la indemnidad. Con lo cual, estaríamos discutiendo qué daños causa la ley pero no se puede pensar que sea indemnizable que alguien deje de ser monopólico o con abuso de posición dominante. Estas son dos cuestiones que han tomado menor relevancia que las otras en los comentarios de los fallos.

–¿Con la información disponible se puede saber cuáles son las incompatibilidades que tiene el Grupo Clarín?

–En cuatro plazas tiene superposición de un canal de televisión abierta con ser operador de cable: Buenos Aires, Córdoba, Bahía Blanca y Mar del Plata. Después hay un tema mucho más complicado en términos jurídicos, que tiene que ver con que la caída de la cautelar por parte de la Corte implica además la caída del efecto sobre la presunción de verosimilitud de la cantidad de licencias que tiene el Grupo Clarín a partir del proceso de fusión de Cablevisión-Multicanal. Cuando se planteó la cautelar, la Justicia todavía estaba interviniendo en el rechazo que hace el viejo Comfer al proceso de fusión Cablevisión-Multicanal. Entonces una de las cosas que cuestionó el Estado contra la cautelar era que le iban a otorgar una cautelar a una cantidad de licencias que nosotros nunca probamos que sea el mismo grupo.

Repasando. En 2009, sale la Resolución 577 del ex Comfer que rechaza la fusión Cablevisión-Multicanal diciendo que tienen superposición de licencias en la misma área de cobertura, cosa que no aprobaba ya la ley de la dictadura. Por un proceso de concentración terminaron comprando dos o tres cables en más de una plaza y en algunos lugares también el servicio de televisión codificada. Eso determina que el incumplimiento no tenía que ver con la ley nueva, sino con la ley vieja. Clarín interpone una cautelar a esta resolución y se paraliza. Pero al mismo tiempo, cuando hacen la medida cautelar contra el artículo 161, lo hacen en nombre de las 237 licencias, que son el resultado de la fusión Cablevisión-Multicanal, que no había sido validada.

–¿El ex presidente Néstor Kirchner no había autorizado esa fusión?

–Lo que había firmado Defensa de la Competencia es la operación conjunta, es decir lo que permite la yuxtaposición de las empresas bajo la misma cabeza, no bajo la misma razón social, o sea la fusión. Eso era facultad pura y exclusiva del ex Comfer. Si no se podía hacer nada respecto del 161, sobre la situación existente, eso también aplicaba a la fusión. Con lo cual, ahora está la fusión rechazada en el propio expediente y además no hay cautelar que permita sostenerla, ni antes ni ahora.

–¿Es decir que con este fallo de la Corte se caen también los efectos que la cautelar por el artículo 161 podía tener sobre la fusión Cablevisión-Multicanal?

–O sea que ahora Clarín tiene que desarmar la fusión, nunca validada, y además de eso ceñirse a los techos de concentración de audiencias, mercados y cantidad de licencias que plantea el artículo 45 de la ley nueva. Son dos procesos de reacomodamiento que están pendientes.

–¿Con la información actual se podrían saber las opciones de Clarín para adecuarse a la ley?

–Es complejo asumir qué unidad de negocios pretenderían dejar en cada lugar y por qué. De 237 licencias tienen de más en cable, por cantidad y por acumulación en áreas de cobertura. Y en algunos sitios donde tiene un canal de TV abierto y un cable tiene que dejar de tenerlo. Además tienen que desprenderse de cantidad de señales de cable, porque la obligación que da la ley es tener una cuando se es distribuidor.

–Yendo a la responsabilidad del Estado, el fallo también es crítico respecto de la actitud de la Afsca, por una demora en la aplicación de otros aspectos de ley a otros medios.

–El fallo dice algo como que “no es dable suponer que haya habido una actitud apresurada” de la Afsca. En este tema hay objetivamente un dilema: si por culpa de la medida cautelar no se descomprime la presión sobre el mercado y al mismo tiempo que se obliga desde la Afsca a descomponer otras situaciones de resistencia a ese abuso de posición dominante, se va en contra del espíritu de la ley. ¿Hasta qué punto el Estado vería un proceso de mayor concentración del mercado, que es lo que la ley no auspicia, por vía de que algunos tuvieran cautelares y otros no? Es cierto que hay retrasos, sobre todo en los concursos para los nuevos medios que son el corazón de la ley. Yo tengo la expectativa de que los concursos se hagan rápido.

–¿Según la nueva ley, qué pasa con la venta del Grupo Hadad del Canal C5N y las radios Mega, Pop, Radio10, Vale y Amadeus al Grupo Indalo del empresario Cristóbal López?

–Nunca vi un solo papel al respecto y no tengo conocimiento de que haya entrado un solo papel a la Autoridad Federal. Si me tengo que guiar por lo que dicen los medios, no todos ponen el mismo esquema de negocios realizado. Trataría de no opinar sobre algo que no conozco.

–La oposición denuncia que el Gobierno está creando una especie de “monopolio oficialista” de medios por vía de la publicidad oficial. ¿Qué reflexión le merece?

–Si uno mira la cantidad de radios que hay en el país no estoy de acuerdo con esa apreciación. Si uno mira la cantidad de señales por cable y la cantidad de emisoras que hay tampoco me da la cuenta de que el Estado tenga preeminencia. Cuando ves los dueños te das cuenta de que los que tienen preeminencia son ciertos sectores privados. En términos de niveles de audiencia, tampoco. Siempre hablando de audiovisuales. (Repasa una por una las radios FM y AM de todo el espectro radioeléctrico.)

–Pero hubo un cambio en el mapa de medios...

–¿Qué es lo que ocurrió?, que no había ningún espacio privado que adhiriera a muchas políticas de los últimos gobiernos. Y lo que hay ahora es una corriente de periodistas, que sí adhirieron a muchas políticas de este Gobierno, lo cual a muchos les ha generado una crisis de conciencia y la han expuesto. Los periodistas tienen que cambiar por esto inmediatamente de opinión, creo que no. No creo que haya, a la hora de hacer números, ni en el interior ni en Capital, una preeminencia en cantidad de medios que se puedan asumir como afines a la línea ideológica del Gobierno.

–¿Qué opina del reclamo de algunos periodistas respecto de conferencias de prensa? ¿Afecta la libertad de prensa o el acceso a la información que no haya conferencias de prensa?

–No afecta a la libertad de prensa. Y el derecho de acceso a la información es otra cosa distinta. Para eso está vigente el decreto 1172, que arrastra a todo el Poder Ejecutivo y quien quiere hacer un pedido de acceso a la información lo hace. Y si no, reclama. Si se mira la cantidad de personas que han hecho pedidos sobre acceso, no hay mucho y el mecanismo existe desde septiembre de 2003. Mi cátedra hace un monitoreo en el cual se ve que no es perfecto pero tendencialmente se ha mejorado mucho. La conferencia de prensa no tiene que ver con el acceso a la información desde el punto de vista técnico.

–¿Y con qué tiene que ver?

–El derecho de acceso a la información es que toda la ciudadanía pueda acceder de forma regulada, ordenada, con un proceso pautado, a la información confiable y verificable, con soporte documental. Las conferencias de prensa tienen que ver con la política comunicacional del Estado. Que forma parte de las facultades de cada gobierno. Habrá mejores o peores estilos, más o menos simpáticos. Pero que no existan regularmente conferencias de prensa no es un mecanismo ni directo ni indirecto de censura. Además, hay una paradoja porque en una época los ministros se paraban en la puerta de su casa, tampoco había conferencias de prensa, pero nadie se quejaba. ¿Cuántas conferencias de prensa dieron Obama, Rajoy o el primer ministro de Canadá? ¿Y Alfonsín? Acá el problema (de los medios) es otro, no las conferencias de prensa.

–¿Pero no sería mejor que existiera la posibilidad de realizar un intercambio de preguntas y respuestas con el Gobierno?

–Sí, pero eso es distinto a plantear que la libertad de prensa está afectada. Es factible plantear que hubiera un intercambio, sí, pero la respuesta negativa no afecta la libertad de prensa. Hay prácticas más cómodas o menos cómodas. Eso es mezclar estilos con consecuencias institucionales. Y si hablamos de acceso, hubo una media sanción de acceso a la información el año pasado en el Senado y después en Diputados no se trató y la mayoría la tenía la oposición.

–Una de las cosas que se planteó durante el debate de la LdSCA es la necesidad de regular la publicidad oficial. ¿No debería avanzarse en ese sentido?

–Es un tema enormemente complejo porque en América latina no hay ley modelo. No hay una receta y en Europa hay distinción entre publicidad oficial y regímenes de subsidio al pluralismo. Hay algunos planteos de sentido común que dicen que, a mayor tiraje, mayor pauta, pero eso genera mayor concentración en términos económicos y utilización del mensaje sin mirar el público específico. Lo que la Corte planteó es que los Estados no tienen derecho a retirar publicidad como consecuencia de contenidos que se hayan publicado. Haría falta una ley sobre las dos cosas, también legislar sobre la cláusula de conciencia, en términos de favorecer a los periodistas, y la ley de acceso a la información, no sólo como control sino como plataforma de ejercicio de otros derechos.

–Es una práctica habitual preguntarle al entrevistado si le quedó algo para agregar...

–En términos más genéricos sobre el Estado de situación de la libertad de expresión agregaría la posición de muchísimos medios del interior, en las audiencias públicas por el tema papel prensa. Eso es algo sobre lo que se ha prestado poca atención y es para hacer una tesis de doctorado respecto de la situación económica de la prensa argentina en términos de insumos. Agregaría el impacto de la ley de despenalización de calumnias e injurias, ya que en el interior el uso del derecho penal seguía siendo una práctica común. Remarcaría que la jurisprudencia de la Corte es consistente con estándares internacionales de libertad de expresión, de modo insistente. Y dentro de todas las cosas que tienen que ver con la aplicación de la LdSCA marcaría algunos muy relevantes: la aparición de nuevos contenidos (unitarios y programas que están siendo financiados dentro del modelo de contenidos digitales). En forma muy estridente, el efecto convergente entre la ley de Reforma Política y la LdSCA a la hora del otorgamiento de espacios durante la campaña electoral. Ahí hay una instancia de pluralismo que se dio por natural cuando no había ocurrido nunca. El tercero, una reciente resolución de la Afsca que hace a la aplicación del artículo 49, que es la instalación de emisoras sin fines de lucro en áreas vulnerables. Por último, la descripción que hace la Relatoría de la OEA en el informe de este año sobre la situación de la libertad de expresión en Argentina no marca ninguna alarma de la que muchos quieren hacerse cargo pero que no existe.

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