Lunes, 5 de noviembre de 2007 | Hoy
Tres de los ocho policías procesados por la causa de derechos humanos de la comisaría V de La Plata tenían un arsenal con armas de guerra en sus casas.
El próximo juicio oral en La Plata por las causas de derechos humanos será sobre la Comisaría V, otro de los centros clandestinos de la provincia. Entre los acusados, hay ocho policías procesados y la mayoría con prisión domiciliaria. Una denuncia presentada el viernes pasado en La Plata y a la que tuvo acceso Página/12 acaba de revelar que por lo menos tres de esos policías tendrían un arsenal de armas en su poder. Son pistolones, revólveres o escopetas, varias consideradas como armas de guerra, según el registro de la Dirección de Registro Provincial de Armas. Como las armas no fueron dadas de baja y en dos casos son de represores con prisión domiciliaria, la querella exige que se les quite el beneficio, como sucedió con Miguel Etchecolatz. Mientras tanto se abre el interrogante sobre quién debería tener el control de esas armas.
“Yo no sé si los procesados tienen otras armas”, explica en este caso Alejo Ramos Padilla, abogado y querellante en la causa de la Comisaría V como representante de María Isabel Chorobik de Mariani. Ramos Padilla es quien presentó la denuncia cuyo objeto de fondo es un profundo cuestionamiento a la lógica con la que se otorga la prisión domiciliaria a los acusados de delitos de lesa humanidad, y especialmente la ausencia completa de controles.
“El modo en que se otorga el beneficio y la supervisión del régimen de prisión domiciliaria es tan deficiente que hasta se permite que los procesados tengan armas en su domicilio”, dice. “Lo único que hemos logrado hasta ahora es un informe, pero no sabemos si tienen otras armas en su poder registradas en el Registro Nacional de Armas (Renar), ni otras no registradas.”
En el caso de la Comisaría V, la revocatoria de la prisión domiciliaria que está pidiendo alcanza a Osvaldo Sertorio, Rodolfo Alejandro González Conti, Juan Fiorillo, Luis Vicente Petraul. Horacio Elizardo Luján y Alejandro Agustín Arias Duval ya no están con el beneficio. De acuerdo con la Dirección de Registro de Armas de la Provincia, del informe del 12 de septiembre de 2007, las armas en poder de los policías son:
- Osvaldo Sertorio tiene registradas ocho armas:
– un revólver, marca Garate, calibre 32,
– una carabina, marca Remington, calibre 22,
– un revólver marca Best, calibre 38,
– un revólver marca Kin calibre 38,
– un pistolón, marca GMC, calibre 38,
– un pistolón, marca GMC calibre 12,
– una escopeta, marca Centauro, calibre 28,
– una carabina Marca Rubí Extra, calibre 22.
Sertorio era uno de los hombres con mayor peso en el campo. La Comisaría V funcionó como centro clandestino entre mediados de 1976 y 1977 y dependía de la Dirección General de Seguridad bonaerense. En aquel tiempo, Sertorio tuvo a cargo directamente el funcionamiento del centro clandestino como comisario entre el 24 de junio de 1976 y el 25 de noviembre de 1977. Una de las personas que siempre lo recuerda es Chicha Mariani a quien él le aseguró en aquellos años que buscara a su nieta, que su nieta estaba viva, aunque nunca luego lo admitió. Sertorio y sus armas, muchas de ellas consideradas de guerra, está con prisión domiciliaria.
- Rodolfo Aníbal Campos tiene registradas tres armas:
– un revólver, marca Casco, calibre 38,Campos fue subjefe de la policía provincial entre diciembre de 1977 y febrero de 1979. Hoy está con prisión domiciliaria.
- Horacio Elizardo Luján tiene dos armas:
– un revólver, marca Smith Wesson, calibre 32,
– un pistolón, marca Golondrina, calibre 14.
Luján también tenía rango de comisario; estuvo a cargo de la unidad regional de La Plata de la que dependía jerárquicamente la Comisaría V. En el marco de otra presentación, perdió el beneficio de la prisión preventiva aunque ninguno de los jueces que lo evaluaron “dispuso verificar” si tenía armas registradas a su nombre, dice la denuncia.
En junio de 2006, por mucho menos, Etchecolatz perdió la prisión domiciliaria: tenía en su casa una Browning 9 mm lista para disparar y por eso lo trasladaron a Marcos Paz. Y ése no fue el único caso. A comienzos de octubre, el Renar dispuso “la inhabilidad preventiva como usuarios de armas” de 162 militares procesados en causas de delitos de lesa humanidad que todavía atesoraban revólveres y pistolas. En un plazo de diez debían entregar, supuestamente, todas las armas. Esa medida obedeció a una decisión del Ministerio de Defensa que en 2006 obligó al organismo a que haga caer la autorización de portar armas para los militares cuando se sustancia una de estas causas.
¿Pero qué sucede con los policías? Ramos Padilla no lo sabe. Supone que mientras él denuncia para pedir la prisión preventiva, eso debería pasar por las autoridades del Ministerio de Seguridad de la Provincia. Lo que la ley 24.660 dice en el artículo 85 es que los detenidos no pueden tener armas, explosivos o cualquier tipo de instrumento capaz de atentar contra la vida, la salud o la integridad propia o de terceros. “Con estos ejemplos –indica el abogado– lo que se pretende señalar es que la edad no puede ser un criterio automático para conceder el beneficio sino que, como dice la norma, la edad es un elemento a considerar.” En ese sentido, cree que antes de otorgar una domiciliaria, el juez debe verificar si no es posible la reclusión con hospital intramuros. Si no, “deberá verificar con una requisa en el domicilio del imputado que no exista este tipo de armas”.
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