Jueves, 3 de diciembre de 2009 | Hoy
EL PAíS › LOS CAMBIOS QUE INTRODUCE LA LEY
- Establece primarias abiertas, simultáneas y obligatorias en todos los partidos y alianzas electorales para la designación de candidatos. Pero no habrá padrones partidarios, es decir que los ciudadanos en condiciones de votar lo podrán hacer en la interna que elijan.
- No podrán ser candidatos las personas procesadas por crímenes de lesa humanidad o por violaciones graves a los derechos humanos. Tampoco el personal superior o subalterno de las Fuerzas Armadas y de Seguridad, ni los magistrados ni directivos o apoderados de empresas concesionarias de servicios y obras públicas.
- Se fija el segundo domingo de agosto como fecha para las primarias conjuntas, en los años de elecciones generales.
- Todas las líneas internas de un mismo partido o de los distintos que componen una alianza serán parte de la junta electoral. También podrá realizarse corte de boletas, para los distintos cargos electivos, como en una elección general.
- Habrá designación de colores en las boletas partidarias tanto para las elecciones primarias y generales.
- Los partidos o alianzas que no superen en la interna el uno y medio por ciento del padrón electoral no podrán participar de la elección general.
- Se eliminan las listas colectoras o espejos.
- Habrá un solo padrón electoral unificado. No existirá más la división por sexo.
- Las empresas no podrán aportar al financiamiento de los partidos políticos. Los aportes deberán ser de personas físicas pero no jurídicas.
- Se prohíbe la difusión de encuestas sobre intención de votos ocho días antes de la elección general. Los partidos que no respeten la norma sufrirán sanciones económicas, mientras que los medios audiovisuales podrían perder hasta la licencia.
- Para su reconocimiento electoral, los partidos tendrán que conseguir la adhesión del 4 por mil de los empadronados de cada distrito donde busque la personería. Pero contará con 150 días después de su reconocimiento para transformar esas adhesiones en afiliaciones partidarias. Los afiliados podrán pedir su baja del padrón partidario en forma telegráfica, a cargo del Ministerio de Interior. La cantidad de afiliados se revisará cada año, si no conservan el piso mínimo perderán su personería.
- Si un partido no se presentara en dos elecciones consecutivas o sacara menos del dos por ciento del padrón electoral en cada una de ellas, también perderá su personería.
- El Estado repartirá los espacios de publicidad audiovisual de todos los partidos y alianzas. El 50 por ciento será repartido por igual y el 50 restante de acuerdo con los porcentajes alcanzados por cada uno de ellos en la última elección general.
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