EL PAíS
El Código de la violencia
Por H. V.
Ni la provocación del “Cuanto peor, mejor”, ni la incapacidad oficial para prevenirla sin violencia, deberían distraer la atención de la reforma autoritaria al Código de Convivencia urbana propiciada por Macri. En una confusión deliberada con el Código Penal, consagra como sanción generalizada el arresto, que sólo debería aplicarse como último recurso. El Código actual tipifica 49 contravenciones, de las cuales sólo un tercio se castigan con arresto. La enmienda Macri eleva el número de contravenciones a 70 y las penadas con arresto a la mitad. Pero además, también las restantes contravenciones podrán ser castigadas del mismo modo a partir de la tercera reincidencia. En una nueva, irritante y peligrosa desigualdad, de este modo autores de faltas leves podrán pasar hasta 90 días de encierro, mientras quienes cometan ciertos delitos permanecerán en libertad. Entre las contravenciones que se intenta castigar con arresto figuran muchas que no implican violencia ni peligro grave para terceros, como la obstrucción de la vía pública, la oferta y demanda de sexo en espacios públicos o la apariencia falsa. El artículo 66, que reprime los cortes de calles, cercena la posibilidad de expresión de los sectores más vulnerables de la sociedad, que no tienen otra forma de hacer oír al gobierno sus puntos de vista y reclamos. La desproporción entre la demora a terceros que provoca un corte y la pena de arresto es grosera, agravada por la violación de derechos constitucionales, como los de expresarse, reunirse y hacer pedidos al gobierno. La disminución de la edad de imputabilidad es un reflejo obtuso de una discusión que sólo tiene sentido en el caso de delitos graves. Pero llevar a la cárcel a adolescentes por infracciones menores, es un disparate represivo, destinado a envenenar la convivencia urbana e incrementar los niveles de violencia en la sociedad.