Miércoles, 31 de octubre de 2007 | Hoy
La Corte Suprema resolvió que las demandas civiles por vía judicial en busca de indemnizaciones por parte de familiares de víctimas de la dictadura no son imprescriptibles. El tribunal rechazó una querella de dos hijos de desaparecidos, pero aclaró que persiste el derecho a una reparación basada en las leyes especiales de reparación económica dictadas por el Congreso Nacional para estos casos. Los ministros señalaron que la imprescriptibilidad sólo corresponde a causas penales, como las que investigan delitos de lesa humanidad, pero dijeron que no corresponde “considerar imprescriptible la acción de daños y perjuicios por provenir de delitos de lesa humanidad”.
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