Miércoles, 6 de enero de 2016 | Hoy
LA VENTANA › MEDIOS Y COMUNICACIóN
Gustavo Bulla sostiene que el espectro radioeléctrico es un bien escaso y finito que no tiene precio, no se compra, no se vende, que todos los medios audiovisuales son públicos y deben estar al servicio del derecho humano a la comunicación.
Por Gustavo Bulla*
En otro acto de avasallamiento a las instituciones de la democracia y de desconocimiento de la voluntad popular, el último día hábil de 2015 nos enteramos que no sólo el gobierno de la Alianza Cambiemos había decidido intervenir la Afsca y la Aftic, sino que, además, a través del enésimo DNU decidió modificar parcialmente la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual. Por supuesto, en lo que ya constituye un estilo antirrepublicano, el texto de la norma no se publicó como corresponde a través del Boletín Oficial hasta el lunes 4 de enero, aunque con la trampa de estar fechado el 29 de diciembre, intentando así eludir la precautelar del juez Arias.
Los ejes centrales de la nueva política de comunicación fueron expresados brevemente por el jefe de Gabinete de Ministros, Marcos Peña. De la serie de afirmaciones inquietantes sobre el rol de la comunicación en una sociedad democrática, que redondean lo que ya nos había anticipado el “Milico” Aguad, me quiero detener en una de carácter genérico: “Se van a sacar cepos a la industria para que se pueda modificar y mejorar la necesidad de inversiones, para que pueda estar más claro el marco normativo y que haya un contexto de competencia que tiene que haber en el sector”, dijo.
Con el Decreto Nº 267/15 publicado confirmamos lo que los diarios plus ultra oficialistas nos habían anticipado; el texto de marras viene preñado con una serie de presentes que bien les podrían haber traído hoy los Reyes Magos a los dueños de los medios concentrados. Ampliación de la multiplicidad de licencias –cinco más a nivel nacional y una más en el plano local–, extensión de la duración, desregulación casi absoluta del negocio del cable, entre otras delicias del neoliberalismo.
La medida-obsequio que completa lo que Peña impúdicamente llamó “sacar los cepos”, es la liberación de la compraventa de licencias, lo que en el lenguaje menemista se conoció como transferencia de licencias. En efecto, el artículo 41º de la LSCA declara intransferibles a las autorizaciones y licencias de servicios de comunicación audiovisual, en un explícito gesto de corregir una de las mayores aberraciones jurídicas de las políticas de comunicación noventistas.
Históricamente, la Argentina administró su espectro radioeléctrico por la vía de la concesión de licencias y autorizaciones para el uso de frecuencias. Las licencias se obtienen por medio de un concurso público, no en base a una oferta económica –eso sería una subasta–, sino a partir de una propuesta cultural. Es decir que la mejor propuesta a opinión del jurado obtiene la concesión de la licencia para explotar una frecuencia de radio o TV, por un tiempo determinado y en las condiciones que la legislación vigente prevé. Pero el licenciatario no compra la licencia, se le otorga a título gratuito. Sólo debe tributar mensualmente el gravamen que le corresponde por la explotación comercial y publicitaria de la frecuencia en base a sus declaraciones juradas.
En las postrimerías de la segunda presidencia de Menem, se puso en vigencia el fatídico Decreto Nº 1005/99 que entre otras gentilezas a la patria mediática le concedió la posibilidad de transferir licencias con el único requisito de informar las compras y ventas una vez producidas al entonces Comfer. ¿Qué fue lo que produjo semejante medida? Fondos de inversión, grupos concentrados, famosos mediáticos, se lanzaron a un nuevo negocio de alta rentabilidad. En algunos casos para consolidar posiciones monopólicas, en otros como capitales especulativos y en no pocos como simple pase de manos.
Salvando las distancias, es como si alguien alquilase un departamento en condición de inquilino y luego lo vendiese como si fuera propietario. Por supuesto para realizar el negocio nuestro caso hipotético debería cometer varios delitos calificados, estafa entre otros. Pero hasta que se sancionó la LSCA quien hacía excelentes negocios a costa del Estado –es decir, de nosotros– estaba amparado por la legalidad y hasta era considerado un exitoso empresario de medios.
La LSCA sólo permite transferir menos del 50 por ciento de las acciones de la licenciataria, siempre y cuando hayan transcurrido cinco años desde el otorgamiento de la licencia y que los licenciatarios originales conserven más del 50 por ciento de la decisión societaria. Y, por supuesto, los nuevos socios deben cumplir con los requisitos que plantea la Ley para ser licenciatario.
El espectro radioeléctrico es un bien escaso y finito que es patrimonio común de la humanidad. No tiene precio, como el oxígeno o el sol. Estrictamente todos los medios audiovisuales son públicos: algunos de gestión privada comercial, otros de gestión sin fines lucrativos y otros de gestión estatal.
No todo se compra, no todo se vende. No todo tiene precio. Un ejemplo son las frecuencias radioeléctricas, por eso deben estar al servicio del derecho humano a la comunicación.
* Docente e investigador en políticas de comunicación UBA/ UNLZ.
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