Martes, 24 de marzo de 2009 | Hoy
SOCIEDAD › UN JUEZ RECHAZó COMO PRUEBA LOS MENSAJES DE TEXTO ESPIADOS
El juez Alesi, de Rawson, anuló como prueba presentada por un policía contra su mujer una serie de SMS obtenidos en forma inconsulta en el celular de la esposa. El magistrado consideró que la obtención en forma ilegal impide incorporarlos a la causa.
Para el uniformado la incógnita no resistía la menor duda operativa. Si su esposa frecuentaba algún otro hombre, la solución, a fuerza de costumbre, consistía en entrar a la fuerza en cajones, carteras, algún papelito perdido, en su agenda de contactos, en sus mails y en los SMS de su celular. Todo sotto voce, como quien dice pinchar sus comunicaciones sin orden judicial. La intención del uniformado era conseguir pruebas de las actividades extramatrimoniales de su mujer y después, ante la Justicia, con esos datos, obtener el divorcio. Y el oficial uniformado de la policía de Chubut hizo lo de siempre: obtuvo el celular de su esposa, hurgó en sus SMS, descubrió conversaciones como evidencias y las presentó ante el juez de familia 3 de Rawson, Martín Alesi. Pero Alesi rechazó las pruebas por truchas. En realidad, por violación de la privacidad del correo.
Está claro que la estrategia del policía era presentarse ante su señoría con un texto del tono “de pura casualidad me topé con el celular de mi querida esposa y vi esto; uy, qué sorpresa desagradable”, o “creí que sonaba el celular de mi mujer, que justo estaba en el baño, y no quise que se perdiera la llamada y resulta, señoría, que no era un llamado sino un mensaje de texto. Uno de estos, como lo llaman, SMS difíciles de soportar para este católico servidor, señoría”.
De todos modos, no importa el tono ni lo que dijo, sino la prueba que presentó y lo que respondió el juez cuando recibió los SMS. El juez Alesi dio “por acreditado” que el uniformado “se apoderó del mencionado teléfono sin la autorización previa de su esposa”.
“¿Me quiere decir que no existen acuerdos expresos o tácitos, a través de los que mutuamente se habilitaran a revisar la correspondencia o las cuentas de correo electrónico?”, preguntó sorprendido el juez.
“No existen, su señoría”, confirmó el marido celoso.
El juez recordó que la Constitución nacional “garantiza la inviolabilidad de la correspondencia y de los papeles privados” y añadió que la Ley Nacional de Telecomunicaciones “establece la inviolabilidad de las comunicaciones y dispone que su interceptación sólo será posible mediante requerimiento del juez competente”. En pocas palabras, Alesi se refería a que “la inviolabilidad de la correspondencia de telecomunicaciones importa la prohibición de abrir, sustraer, interceptar, interferir, cambiar su texto, desviar su curso, publicar, usar, tratar de conocer o facilitar que otra persona que no sea su destinatario conozca la existencia o el contenido de cualquier comunicación confiada a los prestadores del servicio y la de dar ocasión de cometer tales actos”. En pocas palabras, el marido uniformado, sus pretendidas pruebas y el método para obtenerlas quedaban incluidos palmariamente en el rubro.
Y Alesi cargó después sobre los métodos, rutinarios por otra parte, en el día a día policial. “La justificación de los métodos para averiguar la verdad depende de la observancia de las reglas jurídicas que regulan cómo se incorpora válidamente conocimiento al proceso, de manera tal que no todos los métodos están permitidos y que a los autorizados se los debe practicar según la disciplina de la ley procesal”. La aclaración del juez bien podría aplicarse a buena parte de los procedimientos policiales y su costumbre de impulsar las causas con pruebas plantadas.
“Apenas se comprueba alguna irregularidad en el acceso a la información, debe desestimarse su eficacia como medio de prueba. Porque es claro que el hecho de contraer matrimonio no significa que los esposos resignen su individualidad e independencia. Su derecho a la intimidad personal subsiste frente al Estado, a los terceros y también con respecto al otro cónyuge”, expresó el juez.
No está claro por qué el juez no denunció al policía por el presunto delito por el que lo estaba señalando. Es posible que lo haga la mujer. La ex, ya que concedió el divorcio y ordenó que cada parte indemnizara a la otra con más de cinco mil pesos.
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