Sábado, 4 de julio de 2009 | Hoy
SOCIEDAD › UN TRIBUNAL LE CREYó A LA VíCTIMA
La Justicia ordenó investigar a un hombre que había sido sobreseído en una causa por violencia doméstica. Se trata de un fallo de la Sala 5ª de la Cámara del Crimen, que revocó el sobreseimiento de un hombre acusado de ejercer “violencia física y moral” hacia su ex esposa, de la que estaba divorciado, y ordenó que siga adelante la investigación penal. En primera instancia, el hombre había sido sobreseído pues el magistrado consideró la “imposibilidad de probar los hechos denunciados y la atipicidad de la conducta, pues las frases proferidas por el nombrado lo fueron en el marco de un altercado o discusión”. No obstante, los camaristas Rodolfo Pociello Argerich, María Garrigós de Rébori y Mirta López González acogieron favorablemente la apelación y dejaron sin efecto el sobreseimiento.
Muchas denuncias de violencia de género desestimadas por la Justicia suelen terminar en tragedia. Esta vez, el tribunal de apelaciones consideró que el juez de primera instancia “realizó una aplicación mecánica de un criterio jurisprudencial sin ponderar las circunstancias que rodean los hechos denunciados por la víctima”. De acuerdo con la denuncia efectuada por la mujer ante la Oficina de Violencia Doméstica, “las agresiones físicas, sexuales y psíquicas que habría llevado adelante el imputado se configurarían como una reiteración de conductas por más de diez años”.
Los camaristas tuvieron en cuenta la pericia efectuada por la experta Daniela Chirro, quien señaló que “los antecedentes de maltrato dirigidos por el imputado a la denunciante y sus hijas –que continuaron luego de la separación–, así como también el miedo y la angustia que ello les generaba, hacían valorar la situación como de alto riesgo”.
En una resolución de tres carillas, los magistrados afirmaron que los elementos valorados por los peritos “que precisamente les permitieron calificar a la situación familiar como de alto riesgo de violencia, impiden restarle seriedad a las amenazas que habría proferido a la damnificada” el acusado.
“Las agresiones físicas, sexuales y psíquicas que habría llevado adelante el imputado se configurarían como una reiteración de conductas por más de diez años –concluye el fallo–. No se trata de un caso en el que sólo se cuente con dichos contrapuestos entre ambas partes, sino que existen diversos elementos que impiden descartar lo denunciado y la intervención del imputado”, corrigieron los camaristas.
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