Miércoles, 7 de abril de 2010 | Hoy
SOCIEDAD › LOS ALCANCES DE LOS PERMISOS QUE CONTEMPLA EL CóDIGO PENAL, ANALIZADOS POR EL MáXIMO TRIBUNAL
Un recurso de queja contra el veto del gobernador de La Pampa a la ley que reglamentaba la aplicación de abortos no punibles llegó a la Corte Suprema. Lo presentaron un diputado socialista y una organización de mujeres de esa provincia.
Por Mariana Carbajal
La discusión sobre los alcances de los permisos para abortar contemplados en el Código Penal llegó ayer a la Corte Suprema de Justicia. El Partido Socialista y organizaciones de mujeres de La Pampa presentaron un recurso de queja contra el veto del gobernador Oscar Mario Jorge a una ley –sancionada por la Legislatura provincial por amplia mayoría– que reglamentaba la atención de los abortos no punibles. “Queremos que la Corte aborde la cuestión de fondo para que, de una vez por todas, en nuestro país las mujeres puedan gozar del derecho que tienen desde 1921 a interrumpir un embarazo en los casos previstos en el artículo 86, sin la incidencia de los grupos de poder vinculados fundamentalmente a la Iglesia Católica”, explicó a Página/12 el diputado socialista Adrián Peppino, autor e impulsor de la norma vetada.
“La ausencia de un protocolo de atención afecta fuertemente el derecho a la salud de las mujeres”, advirtió Mónica Rodríguez, integrante del Foro No al Veto, una red de organizaciones pampeanas que viene batallando legalmente por la declaración de “inconstitucionalidad” del veto, con el patrocinio del abogado Andrés Gil Domínguez. Para poder hacer la presentación tuvieron que dejar un depósito de 5000 pesos. “Es importante destacar que juntamos la mayoría del dinero con el apoyo de ciudadanas y ciudadanos de La Pampa, que compraron una rifa sabiendo que era para defender el derecho al aborto no punible”, contó Rodríguez.
Peppino y Rodríguez estuvieron ayer en el Palacio de Tribunales para presentar el recurso de queja ante el máximo tribunal, tal como había adelantado este diario. Los acompañaron integrantes de la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito, entre ellas, la diputada porteña María José Lubertino, la presidenta de la Comisión de los Derechos de la Mujer de la Asociación de Abogados de Buenos Aires, Nina Brugo, Mabel Gabarra, del Instituto de Estudios Jurídicos y Sociales de la Mujer (Indeso), de Rosario, y Elsa Schvartzman del Foro por los Derechos Reproductivos.
El gobernador justicialista de La Pampa tomó la decisión de vetar la llamada “Ley Peppino” a la semana de asumir en su cargo en diciembre de 2007. La norma fue aprobada por la Legislatura unicameral el 29 de noviembre de ese año por 18 votos a favor y 5 en contra: la apoyaron diputados justicialistas, kirchneristas, socialistas, del ARI, Frepaso y UCR. El mismo día de su sanción, el obispo de Santa Rosa, Rinaldo Fidel Bredice, salió a repudiarla y la calificó de “claramente inconstitucional”: idéntico argumento al que luego apelaría Oscar Jorge para vetarla.
La ley 2394 reglamentaba la atención de los abortos no punibles, para evitar que las mujeres enfrenten obstáculos arbitrarios en los hospitales públicos, como viene sucediendo en distintas provincias. Por esta situación, la Argentina acaba de recibir un llamado de atención del Comité de Derechos Humanos de la ONU, que observó con preocupación las interpretaciones restrictivas de los permisos previstos en el artículo 86 del Código Penal, tanto en los servicios de salud como en los tribunales.
Para decretar el veto, el gobernador Jorge dijo que el texto de la ley introducía “interpretaciones a la legislación de fondo” que ampliaban y modificaban los permisos para abortar. Y en ese sentido invadía la esfera del Congreso nacional al reformar el Código Penal. Fundamentalmente, objetó que la norma dejaba asentado que al analizar las excepciones definidas en el inciso 1º del 86 –cuando corre peligro la vida o la salud de la mujer– debía entenderse el concepto de salud como “el bienestar físico, psíquico y social”. Lo llamativo es que ese mismo concepto de salud está incluido en la ley de salud de La Pampa, en sintonía con lineamientos de la Organización Mundial de la Salud e incluso, diversos fallos de la Corte Suprema, observó el diputado Peppino.
La Guía Integral de Atención de los Abortos No Punibles, elaborada por el Ministerio de Salud de la Nación, establece que se debe adoptar ese concepto de salud integral para dictaminar si se trata de un caso de aborto terapéutico no punible y no sólo la ausencia de enfermedad.
“No estamos ampliando ni modificando ningún Código de fondo. La visión del gobernador Jorge tiene que ver con una concepción retrógrada del concepto de salud”, consideró Peppino.
La presentación ante la Corte Suprema reclama que se declare “inconstitucional” el veto. Ese mismo planteo fue rechazado el 15 de diciembre por el Superior Tribunal de Justicia de La Pampa. La Corte provincial también negó a fin de 2009 un recurso extraordinario.
Será la primera vez que el máximo tribunal del país se pronuncie sobre los alcances de los permisos para abortar, vigentes en el país desde 1921. La pelea legal la lleva adelante el Partido Socialista junto con el Foro No al Veto, que conforman Mujeres por la Solidaridad, la revista Urbanas en Red, el Instituto de Estudios Interdisciplinarios de la Mujer de la Universidad Nacional de La Pampa y ciudadanas y ciudadanos de esa provincia.
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