Miércoles, 7 de abril de 2010 | Hoy
SOCIEDAD › LA DEFENSORA DE MENORES DE BARILOCHE APELARá EL PERMISO JUDICIAL PARA UN ABORTO
La defensora de Menores, Paula Bisogni, adelantó ayer que apelará la autorización del juez de Bariloche Martín Lozada que permite la interrupción del embarazo a una joven de 17 años de El Bolsón, víctima de los abusos sexuales a los que la sometían su padre y su tío desde los 11 años. El argumento en el que se basaría su apelación consistiría en “la aceptación del derecho a la vida, como está establecido en el Código Civil, la Constitución y tratados internacionales”, señaló la defensora. “De alguna manera, no nos sorprende la apelación porque ya ha pasado en otros casos y en otras provincias que los sectores fundamentalistas, representantes de los grupos antiderechos, se organizan para impedir que el derecho a decidir de la mujer se cumpla”, manifestó Ruth Zurbriggen, representante del colectivo La Revuelta, de Neuquén, que forma parte de la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto y que acompañó este caso. “Lo que está claro es que la resolución de Lozada debe aplicarse y sin demoras”, resaltó.
En su sentencia, dada a conocer el pasado lunes, el juez de Instrucción en lo Penal Nº 2, Martín Lozada, fue claro al afirmar que no era necesaria la judicialización del caso y ordenó a las autoridades sanitarias de la provincia de Río Negro realizar la práctica terapéutica. El magistrado basó su decisión en el inciso 2 del artículo 86 de Código Penal, en el que se contemplan los casos de aborto cuando hay un embarazo producto de una violación. Lozada fue también el juez que procesó y encarceló al padre y al tío de la joven, acusados de ser los responsables de los abusos sexuales que sufría la adolescente, que hoy tiene un embarazo de doce semanas.
La adolescente acudió a la Justicia para solicitar la interrupción del embarazo, luego de que profesionales del Hospital Area del El Bolson se habían negado a practicarlo. Según Zurbriggen, “los médicos de este centro de salud llevaron a judicializar el hecho y cometieron un error al no cumplir con la guía de aborto no punible” que rige en todo el país y en la que se manifiesta cómo proceder en este tipo de casos, sin necesidad de recurrir a un juez. Por lo que “ahora el Ministerio de Salud de Río Negro debe garantizar en forma inmediata y urgente que se lleve adelante la sentencia, que jamás debió haber llegado a esta instancia”.
Por su parte, el juez aclaró: “El derecho penal argentino contempla un caso como éste, que permite abortar sin amenaza de castigo o sanción penal alguna”.
La defensora Bisogni, quien adelantó que presentará la apelación del fallo de Lozada, participó del proceso judicial como defensora del niño por nacer y precisó que presentó cuatro recursos en contra de la autorización del magistrado. La apelación se basa “en el derecho a la vida”, pero aún no ha sido presentada a la Justicia porque no ha recibido el fallo, indicó la defensora. Aunque la notificación siga demorándose, sostuvo Bisogni, el aborto no podrá realizarse “porque la sentencia aún no está firme y las partes tienen oportunidad de recurrir la sentencia”, opinó.
Para Zurbriggen, de La Revuelta, el proceder de la defensora “provoca que la adolescente deba seguir esperando otras instancias judiciales que se expidan sobre su decisión de abortar, sin tener en cuenta las marcas y los daños que ocasionaron en la niña los reiterados episodios de violencia y sometimiento”.
“Salud Pública no actuó con la urgencia que requieren estos casos”, resaltó Julio Accavallo, delegado del Inadi en Río Negro, y consideró que “si el ministro de Salud hubiera adoptado el Protocolo que recomendó el Inadi para el caso de abortos no punibles en 2008, hoy no estaría judicializado” el hecho. En cuanto a la posible apelación, indicó que con ella “posiblemente la definición del caso se dilate, y es un tiempo que la joven embarazada no puede esperar, porque (la demora en el aborto) puede implicar serios riesgos para la salud”, explicó.
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