Sábado, 12 de octubre de 2013 | Hoy
SOCIEDAD › PIDEN SEIS AÑOS DE PRISION PARA EL COMISARIO ACUSADO EN EL CASO BULACIO
El juicio por la detención ilegal que derivó en la muerte de Walter Bulacio en 1991 entró en su etapa final. La querella que representa a la familia pidió el máximo de condena posible para ese delito contra el ex comisario de la Federal Miguel Angel Espósito.
Por Carlos Rodríguez
En su alegato final, tras cuestionar el hecho de que no haya imputación por “tortura seguida de muerte” contra el comisario retirado de la Policía Federal Miguel Angel Espósito, la querella que representa a la familia de Walter Bulacio pidió para el ex jefe de la comisaría 35 la pena máxima de seis años de prisión prevista para el delito de “privación ilegal de la libertad”. Los querellantes, María del Carmen Verdú e Ismael Jalil, apuntaron a desarticular el futuro alegato de la defensa, que girará en torno de una presunta “legalidad” de la detención que sufrió el chico de 17 años, el 19 de abril de 1991, cuando intentaba presenciar un recital del grupo Redonditos de Ricota. Pablo Argibay Molina, el defensor del policía imputado, viene señalando que actuó en función del Memorando 40, una orden interna policial cuya legalidad fue descalificada duramente por Verdú. “El memorando –dijo– nunca fue derogado por la Justicia (que lo dejó sin efecto en 1991) porque para que haya derogación tiene que haber una norma y nunca fue una norma” de valor jurídico, ya que permitía a la policía retener a menores de edad sin notificar a los jueces.
“Sus compañeros de armas, al declarar en el juicio, dijeron saber lo que tenía que hacer (notificar a los jueces la detención de un menor) y no se entiende por qué el comisario Espósito no tuvo conciencia de que su accionar era ilegal”, recalcó Verdú ante una sala de audiencia llena, en la que se destacaba la presencia de la mamá de la víctima, Graciela Scavone, y de los tres hermanos de Walter. “Incluso el segundo de Espósito, el comisario Muiños, declaró que si el juez se lo ordenaba, aunque estuviera mal, tenía que obedecer esa orden.”
En el caso Bulacio no hubo intervención judicial hasta el 21 abril, cuando el chico ya estaba internado en el Sanatorio Mitre, en estado de coma. Los médicos hicieron la denuncia ante la comisaría 7ª que, a diferencia de la 35ª, pidió de inmediato la intervención de un juez. En el juicio, la mamá de Bulacio relató que se enteró de la detención de su hijo 17 horas después de producido ese hecho, por intermedio de una vecina que también había formado parte de los 73 chicos llevados ese día a la 35ª, en un operativo conducido por Espósito en persona.
Los médicos del Mitre le dijeron a Graciela Scavone que su hijo había sido golpeado y le recomendaron que hiciera la denuncia. Jorge Casquet, el amigo que estuvo detenido junto con Walter, relató que cuando Bulacio se descompuso y vomitó, los policías lo obligaron a limpiar el piso. “Por todo esto –dijo Verdú– nos hubiera gustado discutir todos los hechos, la detención, la tortura y la muerte de Walter.”
La abogada hizo un recorrido de las más de 4500 fojas acumuladas en el expediente y señaló algunos aspectos de este “oscuro túnel kafkiano”. como lo denominó. “El primer fiscal de la causa, el doctor Chávez Paz, que eludió pedir la imputación del comisario Espósito, nos dijo en confidencia que en esta causa ‘el único responsable era el rock’ y alegó que había una ‘dualidad jurídica’” a la hora de detener a una persona menor de edad.
El fiscal aludía al Memorando 40, declarado ilegal por varios jueces y camaristas después del caso Bulacio, y a la vieja Ley de Patronato, que aunque cuestionada desde el regreso de la democracia, señalaba claramente la intervención de un juez cada vez que se detuviera a un menor.
Los policías que declararon en el juicio aseguraron que el memorando era “para resguardar a menores en riesgo, como nenas vendedoras de flores en las calles, chicos que se ratean y van al zoológico o los que trabajaban como abrecoches”, recordó Verdú, para luego señalar que “ninguno de esos casos era el de Bulacio”, que intentaba ir, por primera vez en su vida, a un recital.
Verdú señaló que el memo 40 comenzó a aplicarse en las comisarías a partir del 19 de abril de 1965 (justo 26 años antes de la detención de Walter), a partir de una “recomendación” de los jueces correccionales Luis Argüero y Héctor de Sturla. El texto del memo, librado por la Dirección Judicial de la Policía Federal, decía que apuntaba a lograr “una mejor administración de justicia, dentro de los límites de la ley y de nuestra experiencia juzgan prudente (sic)”. La querellante apuntó que “no es lo mismo ajustar el accionar policial a la ley, que ajustar la ley a lo que la policía juzga prudente”.
Los querellantes subrayaron, para desacreditar la condición de “norma” jurídica del Memorando 40, que en ese año 1965 “no hubo acordada ni consenso” de jueces sino una simple “recomendación de dos magistrados que tal vez querían asegurarse un fin de semana tranquilo”, sin que los llamaran para intervenir cuando había menores detenidos.
Antes del pedido de condena, Verdú aseguró que si bien “hoy no sufrimos los edictos, igual padecemos la arbitrariedad de los códigos de faltas y contravencionales; siguen vigentes la aplicación del ‘olfato policial’ y las detenciones para mejorar la ‘estadística’” y citó en ese punto una denuncia realizada por el juez platense Luis Arias.
Verdú, abogada de la Coordinadora contra la Represión Policial (Correpi), sostuvo que “después del caso Bulacio hubo 494 chicos que murieron luego de una detención ilegal”. Completó la estadística señalando que en 30 años “llegamos a la cifra de 4000 homicidios cometidos por las fuerzas de seguridad, 2200 de ellos en la última década”.
Para Espósito pidieron la pena máxima prevista para el delito que se le imputa porque “sólo hay agravantes: por su condición de jefe policial y por la edad de la víctima, un menor cuyos derechos fueron avasallados”. El martes se escuchará el alegato del fiscal Horacio Fornaciari y el jueves 24 el del defensor Pablo Argibay Molina.
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