Martes, 15 de abril de 2014 | Hoy
SOCIEDAD › EL DEBATE ACERCA DE LA SEGURIDAD Y LOS ATAQUES CONTRA PRESUNTOS DELINCUENTES > LAS VíCTIMAS, LA JUSTICIA Y LOS MEDIOS > OPINIóN II
Por Daniel Adler *
Pasemos la hoja del asesinato (mal llamado linchamiento) y centremos nuestra atención, autocríticamente, en qué es lo que está sucediendo en el sistema penal.
En los comienzos de la democracia se instaló el tema de la inseguridad. En aquellos tiempos se atribuía, entre otros, a las conmutaciones de penas y a la reforma del Código Penal por la ley 23.077, reforma que derogó la pena de muerte instalada por la ley 21.338 en el año 1976. Si bien nunca se llegó a aplicar la pena de muerte formalmente, ya conocemos cómo fue aplicada masivamente por quienes detentaban el poder.
Hoy no se cuestionan las conmutaciones, sino las libertades que otorgan los jueces, y no es la reforma del Código Penal sino sólo su anteproyecto de reforma lo que causa irritación en algunos. Es decir, desde un punto de vista de las libertades se ha otorgado menos y aparentemente se está peor que a comienzos de los ochenta. Esto contrasta con lo que efectivamente ha sucedido: a principios del siglo XXI se aprobaron una serie de reformas en materia penal de tipo prediluvianas que elevaron los montos de penas en forma inconmensurable y que aseguraban parar el delito: los resultados están a la orden del día.
Es evidente que la fórmula seguridad por libertad constituye un falso dilema.
Sin embargo, no puede dejar de observarse que en estos treinta años de libertades públicas se han recorrido con poca profundidad algunos caminos sugeridos y promovidos desde distintos espacios.
Hoy asistimos a situaciones que se deben atribuir no sólo a la ausencia de una mejor legislación, por cierto necesaria, sino a prácticas que deben ser mejoradas.
Así la actual ley faculta a los jueces a imponer algunas condiciones a las excarcelaciones (CPPN 321 y 310), lo cual no se aplica con frecuencia. Nada impide que entre los lugares que se obligue a concurrir uno lo sea el Patronato de Liberados, institución que necesariamente debe ser fortalecida. No puedo dejar de recordar el empeño que, desde la Secretaría de Justicia de la provincia de Buenos Aires, dirigida por Joaquín Da Rocha y acompañado por Alfredo Ruiz Paz, se puso en adoptar alternativas a la prisión que incidiesen directamente en situaciones de vida, más allá de las formas. Me refiero a la entonces llamada “libertad asistida”, que consistía en un acompañamiento del patronato de liberados a personas que se encontraban imputadas de delitos, ni siquiera condenadas, ello con el fin de evitar que volvieran a involucrarse en situaciones penales. Nada impide que hoy las excarcelaciones puedan ser acompañadas por este tipo de asistencia y control.
Otra cuestión es la deficiente comunicación entre jueces y fiscales en relación con las causas que tramitan contra una misma persona. Este tema debería estar más aceitado: seguramente el juez que otorgó la libertad a una persona por un robo no vuelva a hacerlo si observa que a los dos meses esa misma persona vuelve a involucrarse en un hecho similar. La promoción de unificación de causas contra un mismo imputado permitiría observar con más claridad el rumbo del caso y evitaría la dispersión de recursos humanos que interpelan al protagonista del conflicto penal.
Volvamos al principio. Es un falso dilema sacrificar la libertad por la seguridad y esto se concluye sólo con observar lo que ha ocurrido con las leyes Blumberg, sancionadas a la luz de un clamor que fue la antesala de los asesinatos tribales a los que hoy asistimos.
Pero desde la Justicia y para asegurar la libertad de todos es necesario plantearnos un cambio en las prácticas, tan necesario, dijo Horacio Verbitsky este febrero en Mar del Plata, como las racionales reformas legislativas que afortunadamente hoy se propician.
* Fiscal general de Mar del Plata.
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