Viernes, 21 de octubre de 2016 | Hoy
SOCIEDAD › REGLAMENTARON LA LEY QUE LIMITA EL TARIFAZO DE GAS Y ELECTRICIDAD A LAS ENTIDADES DE BIEN PUBLICO
Una resolución ministerial estableció cómo será aplicada la ley que incluye a esas entidades en un régimen tarifario específico, en lugar de considerarlas empresas. Reclaman beneficios para clubes y la inclusión de otros servicios.
Por Nicolás Romero
Después de meses de reclamos, que subieron de tono tras los tarifazos, hogares de niños, centros de jubilados, cooperativas y otras entidades de bien público lograron que el Gobierno dictara una resolución para poner en marcha, aunque parcialmente, la Ley 27.218 –sancionada en noviembre de 2015– que las incluye en un régimen tarifario específico y deja de tratarlas como comercios o industrias. Sin embargo, la organización Hogares en Red (HR), que nuclea a 20 instituciones que brindan atención a alrededor de 600 chicos en situación de vulnerabilidad social en la Ciudad de Buenos Aires, advirtió que la Resolución 218, del Ministerio de Energía y Minería, no brinda soluciones al planteo. “La resolución funciona como un parche”, dijo a este diario Norberto Kohen, de HR. Por ello, añadió, “las organizaciones siguen en alerta porque hay que ver cómo se implementa, falta ajustar la letra chica”. “Si bien es un avance importante, no hay que perder de vista que la resolución deja afuera servicios como el agua y la telefonía, que la ley sí contempla”, detalló
La reglamentación establece que los entes reguladores de gas y electricidad (Energas y ENRE, respectivamente) deberán incorporar una categoría específica correspondiente a Entidades de Bien Público, para las que se establece un tope equivalente a la tarifa máxima para los usuarios residenciales. Esto marca un cambio de categorización de las entidades, que eran consideradas como comercios, algo que motivó uno de los reclamos más fuertes de las organizaciones.
Por otra parte, la resolución establece que las entidades beneficiadas deberán estar registradas en el Centro Nacional de Organizaciones de la Comunidad (Cenoc) y especifica que los servicios a aplicar serán los de gas y electricidad. Además, excluye a los clubes de barrio, muchos de los cuales son entidades de bien público.
En diálogo con Página/12, Claudia Bernazza, referente de la Agenda Nacional de Organizaciones Comunitarias (ANOC) y asesora de la intendenta de La Matanza, Verónica Magario, apuntó en el mismo sentido que Kohen. “La reglamentación es muy débil, no reglamenta toda la ley, y además agrega algunas trabas”, explicó. La experta también señaló que “es restrictiva, ya que solo aplica a dos servicios, cuando la ley (27.218) habla de todos”.
En relación a los clubes, Bernazza explicó que “por principios del derecho, la reglamentación no puede generar normas más allá de la ley, y aunque en el espíritu de la norma está excluirlos, el conjunto de los clubes de barrio está incluido en el conjunto de las organizaciones comunitarias, y el principio en derecho es que el sujeto de la ley se avenga a la ley más beneficiosa”.
No obstante, resaltó que el hecho de que la resolución haya reglamentado la norma “lo sentimos como un triunfo” y argumentó que “es muy significativo que nos reconozcan como organizaciones comunitarias”. “Después de la reforma del Estado hubo una desaparición de las organizaciones comunitarias tanto en la cultura como en la vida jurídica. La ley que se pone en marcha, aunque de forma incompleta,es la primera ley que nos define con claridad en el artículo 1 y 2. No es menor en este panorama”, remarcó. Bernazza también valoró “el impacto que tendrá en las tarifas de las entidades solidarias, que no son del mercado”, y subrayó que “son organizaciones importantes aún cuando el Estado esta presente, y muy necesarias cuando el Estado está ausente”.
Los reclamos por la aplicación de la ley comenzaron a principio de año. Kohen recordó que “fueron meses de exigir que se aplique la ley, conversaciones entre las organizaciones y algunos funcionarios”, y evaluó: “estoy convencido de que si no se hubiera batallado durante este tiempo no salía”.
Laura Taffetani, de Fundación Pelota de Trapo, aclaró que falta incluir servicios como el agua, cuya carga tarifaria es muy alta en estas instituciones, pero a la vez rescató “el reconocimiento logrado a las organizaciones”. “Algunas nacieron en épocas de la dictadura, otras con la hiperinflación, pero todas llegaron para quedarse, como respuesta simple, pero quedaron haciendo trabajos, muchas, en zonas excluidas”, recordó.
Taffetani explicó que “la ley plantea que tenía que existir la categoría de organización comunitaria en cualquier servicio público, para diferenciarnos de otras instituciones que nacen en el plano jurídico, muchas como simples tercerizaciones del Estado”. “Las organizaciones populares penetramos en los barrios y territorios, y nacemos de las propias poblaciones. Damos respuestas desde el conocimiento y el contacto. Somos organizaciones de resistencia”, añadió.
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