SOCIEDAD

Un fallo sostiene que el embarazo discrimina a los presos varones

La Cámara de San Nicolás negó la prisión domiciliaria a tres madres presas con sus hijos pequeños porque, sostuvo, los hombres quedarían discriminados, ya que no pueden quedar embarazados.

 Por Horacio Cecchi

Un reciente fallo judicial revela la profunda preocupación de algunos jueces de la provincia de Buenos Aires por evitar todo tipo de discriminación de género. En este caso, los dueños de la firma son los tres camaristas de San Nicolás, Eduardo Alomar, Martín Aramburu y Alberto Moreno. El fallo rechaza un hábeas corpus presentado por Gabriel Ganón, defensor general de la misma jurisdicción, quien en representación de tres mujeres presas con sus hijos de entre dos meses y dos años, en el penal de San Nicolás, solicitó que cambiaran su régimen por el de detención domiciliaria, teniendo en cuenta la delicada situación en que se encontraban (ellas y los niños) y el tiempo de condena cumplido. En el fallo de los camaristas, una verdadera oda a la igualdad de género, Alomar, Aramburu y Moreno argumentaron su rechazo en que “bastaría quedar embarazada durante el encierro para obtener tal beneficio”, y subrayaron que se trataría de un acto “discriminatorio respecto de los masculinos”. Como es sabido, los masculinos no pueden quedar embarazados. El fallo no sólo es violatorio de todos los tratados internacionales de género y de niñez firmados por Argentina, sino que se enfrenta al proyecto de ley que ya tiene media sanción en Diputados para que mujeres presas con hijos pequeños o embarazadas reciban detención domiciliaria.

Una de las mujeres, C., tiene 22 años, y su hijo, de un año y tres meses, nació cuando su madre estaba detenida en la U33 de Los Hornos, el mismo penal donde en julio de este año murió Yoel, un bebé de seis meses, por falta de atención médica.

D. tiene 25 y un hijo de dos años y un mes que, como en el caso anterior, nació preso porque su madre estaba detenida en la U52 de Azul. La otra mujer, E., tiene 35 y un bebé de apenas dos meses y que ya conoce las rejas desde adentro.

El 17 de octubre pasado Ganón presentó el hábeas corpus ante el juez correccional 2 de San Nicolás, Guillermo Martínez. La presentación tenía su motivo: una de las mujeres declaró que debía “reclamar” por la comida especial para su hijo que “no tiene la culpa de estar detenido”. Dijo además que tenía inconvenientes para que sus otros hijos la visitaran. Para apaciguarla le dijeron que próximamente iban a colocar “juegos para niños en la unidad”. Esta mujer tiene condena a cinco años y cumplió más de tres, con lo que ya le corresponde la condicional.

Otra de las madres está presa desde el 11 de enero de 2006, por tentativa de robo calificado. En pocos días cumplirá dos años de cárcel.

Ya a los 8 meses de prisión le correspondía la condicional. El padre del chiquito está preso por el mismo delito. Y tiene una nena de 3 años a la que ve cada quince días, cuando su madre, de 60, puede juntar dinero y fuerzas para viajar a San Nicolás desde San Martín. En los informes se señala que la nena de 3, en cada visita, se inflige golpes y cuando vuelve a su casa queda en cama con fiebre.

La tercera de las detenidas dijo que no tenía quejas por maltratos, pero que con un bebé de dos meses la atención en su casa sería diferente.

El juez correccional Martínez consideró que no existía agravamiento arbitrario de las condiciones de detención ni de las internas ni sus hijos y rechazó la solicitud. Ganón apeló ante la Cámara.

Fue el momento de la escandalosa intervención: Alomar, Aramburu y Moreno confirmaron el rechazo y agregaron un par de párrafos de su propia cosecha: sostuvieron que “retener a sus hijos menores de cuatro años es una opción, no una obligación”; señalaron que el arresto domiciliario puede ser concedido, “pero de ninguna manera por el solo hecho de la maternidad. Así –agregaron–, bastaría quedar embarazada durante el encierro para obtener tal beneficio”; y por último, sellaron su intervención con la lógica de la igualdad pero al revés: “Sería irrazonable y discriminatorio respecto de los masculinos que se encuentran en igual situación procesal”.

Ganón, en su extensa apelación ante Casación, recordó aquello de que la Cedaw, la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación Contra la Mujer, de las Naciones Unidas, existe y fue firmada por Argentina, lo mismo que todos los tratados que protegen a la niñez y constituyen herramientas jurídicas de las que deben echar mano los jueces.

Además de muchas, San Nicolás tiene una particularidad: la Cámara de Apelaciones tiene una sola sala y está conformada por los mismos tres barítonos de la oda a la igualdad. En la misma unidad 3 de San Nicolás, Ganón encontró otra privilegiada por la naturaleza: una joven presa y embarazada que ya solicitó la detención domiciliaria. Teniendo en cuenta la preocupación de los camaristas, se prevé que el bebé nacerá preso.

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El fallo vulnera todos los derechos internacionales, nacionales y del sentido más común.
 
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