Sábado, 11 de enero de 2014 | Hoy
Por Darío Aranda
Siete provincias ya cuentan con decisiones judiciales que prohíben fumigaciones. Los fallos, incluso de máximos tribunales provinciales, fijan límites de hasta 2000 metros de distancia de viviendas y cursos de agua. Y remarcan la vigencia del principio precautorio vigente en la Ley Nacional 25.675: cuando haya riesgo deben tomarse medidas preventivas.
En 2003, en Colonia Loma Senés, en Formosa, y por una denuncia de campesinos, la jueza Silvia Amanda Sevilla, ordenó cesar con las fumigaciones. En diciembre de 2008, la Justicia cordobesa prohibió a productores de soja que fumiguen en cercanías del barrio Ituzaingó Anexo. Apuntó contra el glifosato y el endosulfán. Fijó límites de 500 metros de zonas urbanas y, en fumigaciones aéreas, 1500 metros.
En San Jorge (Santa Fe), un grupo de familias denunció en 2009 a un productor que los fumigaba. Jueces de primera y segunda instancia prohibieron esa tarea a menos de 800 metros si era por métodos terrestres y 1500 metros si lo hacían con avión. En abril de 2010, en Chaco, la Justicia prohibió el uso de agroquímicos en la localidad de La Leonesa y también protegió los cursos de agua. Los límites fueron de 1000 metros en forma terrestre y 2000 si era con avión. Las distancias fueron ratificadas por el Superior Tribunal de Justicia de Chaco.
En septiembre de 2011, en Antillas (Salta), el Juzgado Correccional 2 prohibió las fumigaciones a 1500 metros con avión y no menos de 300 si las aspersiones eran terrestres. La Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires falló en agosto de 2012. Prohibió fumigar a menos de 1000 metros de las viviendas en Alberti. También fundamentó con el principio precautorio.
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