Domingo, 7 de febrero de 2016 | Hoy
SOCIEDAD › UNOS 300 CENTROS CULTURALES PORTEÑOS SIGUEN A LA DERIVA
Trescientos centros culturales porteños están a la deriva pese a la sanción de dos leyes encargadas de darle un marco preciso a la actividad, la 5240, que define qué es un centro cultural, qué actividades comprende; y la 5369, que modifica el Código de Planeamiento Urbano para incluirlos. La primera tiene un año ya de vigencia y la segunda, unos meses. Pero el Registro ordenado por la ley donde deben inscribirse los centros culturales no sólo no existe físicamente (no hay oficina destinada en el Ministerio de Cultura porteño) sino que además la Agencia Gubernamental de Control, encargada de habilitar e inspeccionar los centros culturales, ni siquiera tiene incorporados al nomenclador el simple nombre Centro Cultural. El apotegma es sencillo: si no tiene nombre, no existe.
El 21 de enero de 2015, el Boletín Oficial porteño publicó el texto de la ley 5240, que denomina la figura del Centro Cultural, define sus objetivos, las características de las actividades que podrán realizarse en su interior. También los clasifica en cuatro categorías, A, B, C y D, según su capacidad que se escalona desde 150 personas como máximo para la categoría A, hasta más de 500 personas para la clase D; y delimitando como superficies hasta 500 metros cuadrados para la B (la A no tiene medidas); hasta 1000 para la C, y más de 1000 para la D.
En su tercer artículo, “Inscripción en el Registro de Usos Culturales”, sostiene que “los Centros Culturales deberán solicitar inscripción en el Registro de Usos Culturales dependiente de la Subdirección de Regímenes de Promoción Cultural de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Cultura, o la que en el futuro la reemplace”.
En el artículo cuarto además indica que “será condición necesaria para el inicio del trámite de habilitación, contar con la inscripción en el Registro de Usos Culturales.”
Que la inscripción en el RUC sea condición necesaria, pero que el RUC no exista y la actividad no aparezca en el nomenclador viene a ser una especie de imposibilidad kafkiana.
La ley 5240 y luego la 5369 fueron los escudos que reclamaban los promotores de los centros culturales, una actividad en general sin fines de lucro, con fuerte inserción como redes inclusivas y que proponen actividades culturales que para muchos sectores sociales resultaría imposible practicar en otros sitios por los costos que implican.
Hasta la promulgación de ambas leyes, la actividad como centro cultural era inasible como explicación para subsistir al ojo clínico de los inspectores. Lo más cercano a la actividad era el rubro teatro independiente, que de todas maneras no representa el abanico de actividades del centro cultural.
La definición de centro cultural dado por la 5240 lo describe como el “espacio no convencional y/o experimental y/o multifuncional en el que se realicen manifestaciones artísticas de cualquiera tipología que signifiquen espectáculos, funciones, festivales, bailes, exposiciones, instalaciones y/o muestras con participación directa o tácita de los intérpretes y/o asistentes”. Y agrega que “en dichos establecimientos pueden realizarse ensayos, seminarios, charlas, talleres, clases y/o cualquier actividad de carácter formativa relacionada con todas las manifestaciones tangibles e intangibles del arte y la cultura”, y aclara que “la actividad de baile no podrá ser la actividad principal”.
Antes de la sanción de la ley, las clausuras de centros culturales estaban a la orden del día. Pero incluso tras la festejada sanción, durante 2015, la persecución continuó. Por medio de la Agencia Gubernamental de Control, el gobierno porteño encabezado por entonces por el actual presidente, Mauricio Macri, clausuró durante 2014 y 2015 distintos centros culturales. Entre los más conocidos puede mencionarse El Café de los Patriotas, en la Paternal; la Casa de Teresa, en el Abasto; Vuela El Pez, en Villa Crespo; La Víctor Jara, en Parque Patricios; Rosa Luxemburgo, en San Telmo, para nombrar algunos de los que cayeron en la picota inspectoril bajo la vara medida como boliches o teatros, ya que como centro cultural no existía el rubro, y se sabe que si no existe el rubro para la mentalidad burocrática no existe la actividad.
Incluso centros como Compadres del Horizonte, también en Parque Patricios, que trabaja especialmente con chicos del barrio y se dedica a construir redes que los recuperen, sufrió la clausura por no adecuarse al nomenclador. Decir con que la misma Ciudad Cultural Konex, en Almagro, recibió la faja de clausura durante un fin de semana.
En la ciudad hay unos trescientos centros culturales. En el furor de la ola de clausuras, en julio de 2014, los integrantes del Movimiento de Espacios Culturales y Artísticos llevaban la cuenta de unos 15 centros culturales clausurados sólo en ese mes. Y aunque el argumento fuera la seguridad, desde MECA aseguraban que no se trataba de proteger a los asistentes sino de recaudar dinero.
Precisamente, el impulso de MECA está muy vinculado a la sanción de la ley de Centros Culturales, ya que lanzaron una campaña para obtener una ley que reglamentara la actividad, impulso que derivó en la sanción de la ley 5240 y luego la 5369 que la completó.
Lo que reclamaba MECA, como representación de la actividad, era el reconocimiento del formato Centro Cultural, la definición de la actividad.
“Antes no existía la figura, estaban reconocidas las peñas y las milongas, con sus requisitos específicos”, definieron desde la agrupación Abogados Culturales. “El centro cultural es un espacio no convencional donde coexisten diferentes representaciones artísticas. Los centros culturales se organizan en general en casas antiguas, no tienen objetivos de lucro, sólo tienen el objetivo de difundir y entramar lazos sociales”.
Pero, como se señaló, la sanción y promulgación de las dos leyes no modificó el escenario hasta el momento. Los interesados en inscribirse como centros culturales y que acudieron al Registro de Usos Culturales dependiente de la Subdirección de Regímenes de Promoción Cultural de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Cultura, se encontraron con que el RUC no existe y que la propia AGC, dedicada a pegar las fajas de clausura en las puertas, estaba incumpliendo la ley.
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