SOCIEDAD
Más penas y olvidos
- Imputabilidad. Para el nuevo Código son punibles los mayores de 16 años. (La edad mínima actual es de 18 años.) Es uno de los puntos más resistidos del proyecto.
- Obstruir la vía pública. El artículo 66 habilita a penar con hasta 20 días de arresto o 2000 pesos a quienes corten calles. Todos los sectores lo señalaron como una señal represiva contra los protesta social. Textual: “Quien impida u obstaculice la circulación de vehículos por la vía pública, salvo que sea en ejercicio de un derecho constitucional, y se haya dado previo aviso a la autoridad competente, será sancionado con dos a diez días de arresto o multa de 200 a 1000 pesos. La sanción se eleva al doble cuando la conducta provoque embotellamiento de tránsito”.
- Penas. A diferencia del Código vigente, el aprobado ayer determina una pena específica para cada contravención, incorpora la figura de reincidencia y elimina la del apercibimiento.
- Venta ambulante. Multas de hasta 2000 pesos a quienes “excedan las medidas autorizadas” o no tengan permiso para la actividad.
- Oferta y demanda de sexo. Quien “oferte o demande sexo” en la vía pública podrá ser sancionado con hasta cinco días de trabajo de utilidad pública o 400 pesos. A quienes favorezcan o administren la actividad, multas de hasta 20 mil pesos.
- Cuidacoches. Se sancionará hasta con cinco días de trabajo de utilidad pública o multas de hasta 400 pesos a quienes “soliciten retribución por el estacionamiento o cuidado de vehículos en la vía pública”.
- Armas. Se puede penar de 5 a 15 días de arresto o multa de 500 a 2000 pesos a quien porte “armas no convencionales”: se refiere también a elementos “cortantes o contundentes” de todo tipo.