Jueves, 23 de abril de 2009 | Hoy
21:52 › DERECHOS HUMANOS
Víctor Enrique Rei fue condenado por el Tribunal Oral Federal Nº6 que lo encontró culpable de los delitos de apropiación del hijo de una pareja de desaparecidos, al que anotó como propio certificado de nacimiento falsificado. La querella la había iniciado en 1987 Abuelas de Plaza de Mayo, pero los exámenes genéticos recién se realizaron en 2006 por la oposición del joven, ahora de 31 años.
El tribunal dio por probado que el joven, bautizado por su apropiador como Alejandro Adrián y que ahora tiene 31 años, es el hijo de Clelia Fontana Deharbe y Pedro Fabián Sandoval nacido en cautiverio, según lo había determinado el estudio realizado por el Banco Nacional de Datos Genéticos que funciona en el Hospital Durand.
En ese sentido ordenó la suspensión y rectificación de los documentos que identifican al muchacho como hijo biológico del apropiador, dando caducidad al certificado y acta de nacimiento, así como al DNI.
La pena, si bien inferior a los 25 años de prisión pedidos tanto por la querella como por la fiscalía, fue celebrada con un emocionado aplauso por decenas asistente, incluida Rosa Roismblit, vicepresidenta de las Abuela de Plaza Mayo que en 1987 iniciaron la querella.
Mientras el condenado se retiraba esposado y custodiado por cuatro agentes del Servicio Penitenciario Federal, decenas de chicos de la agrupación HIJOS entonaron el tradicional cántico "...como a los nazis los iremos a buscar" ya sin el peligro del desalojo de la sala.
Quien no pudo presenciar la lectura del veredicto fue la victima del delito, al que el tribunal luego de algunos incidentes durante el juicio le prohibió concurrir a las audiencias.
El muchacho conoció su verdadera identidad en el 2006, luego de concluidos los análisis genéticos pero en su declaración ante el tribunal consideró a Rei y su esposa declarada inimputable, como sus padres "por el cariño que me dieron".
Allí también objetó el procedimiento de obtención del material genético ordenada en el 2005 por la jueza María Servini de Cubría mediante un allanamiento en que se secuestraron cepillos de dientes.
Se trata de una técnica entonces piloto usada para los casos en que jóvenes apropiados se rehusan a realizar voluntariamente la extracción de sangre, a la que TOF 6 adjudicó plena validez por encuadrarse en la legislación vigente.
El fallo, leído directamente por la presidente del TOF 6, María del Carmen Roqueta, desechó una a una las impugnaciones al juicio formuladas por el defensor de Rei, Alejandro María Macedo Runni, comenzando por la prescripción de la acción penal por el tiempo transcurrido.
La sentencia, cuyos fundamentos serán dados el 30 de abril, entendió que se trataba de un reclamo improcedente por tratarse de delito enmarcados en un "crimen de lesa humanidad", como la apropiación de un menor dentro del "plan sistemático" de robo de bebes de desaparecidos practicado durante la dictadura.
La conducta de este abogado ultraderechista, que ensayó una defensa ideológica más que técnica, no sólo motivó sucesivas reconvenciones durante el juicio sino que el fallo gira el tema al tribunal de ética del Colegio Público de Abogados porteño para que analice su comportamiento.
Rei, un gendarme retirado de 68 años que trabajó en el para de ineligencia de la fuerza y fue alumno de la Escuela de las Américas, pasó los últimos cinco años con prisión efectiva por el delito ahora probado.
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