Viernes, 7 de enero de 2011 | Hoy
13:29 › UN JUEZ Y UN FISCAL CON POCA SINTONíA
El juez de instrucción Eliseo Otero, quien se negó a detener al "barrabrava" Julio Capella acusado de haber disparado en los disturbios ocurridos en el Parque Indoamericano, rechazó la recusación que le planteó ayer el fiscal Sandro Abraldes, quien pidió el apartamiento del magistrado por "prejuzgamiento" y "parcialidad". Además, Otero envió el expediente a la Cámara del Crimen para que resuelva la controversia y se expida sobre el fuero que debe intervenir, ya que el cuestionado juez había declarado su incompetencia.
El fiscal había planteado la recusación y apelación a la declaración de incompetencia luego de que el magistrado rechazase su pedido para que se ordenara la detención del presunto "barrabrava" Julio Capella, quien en los incidentes frente al Parque Indoamericano, aparecía esgrimiendo un arma de fuego, lo que fuego capturado por varias cámaras de televisión, aunque luego el acusado declaró que era de juguete y el juez dictó su "falta de mérito".
Capella, vestido con un buzo con el escudo del Club Atlético Huracán, fue registrado el 9 de diciembre último por las cámaras de televisión cuando apuntaba con un arma que luego ocultaba entre sus ropas, durante los incidentes por la toma del predio en Villa Soldati.
"No descubro aquellos signos inequívocos o manifiestos a los que alude el fiscal y que ameritarían, ahora sí, la detención de Capella", dijo en su resolución Otero quien, pese a las imágenes, consideró que "no está acreditado que hubiera portado un arma, pues simplemente no existe un solo dato objetivo que, de momento, permita afirmar tal hipótesis".
En su recusación al magistrado, Abraldes insiste en que "los elementos reunidos hasta el momento revelan que la conducta atribuida al imputado fue insuficiente para vulnerar la seguridad del Estado nacional o de alguna de sus instituciones", motivo por el cual no correspondería el pase a la justicia federal.
El fiscal reclamó el apartamiento del juez con motivo de "la innecesaria valoración de la prueba formulada al momento de decidir su incompetencia para intervenir en las actuaciones, lo que deja adelantada su opinión preconcebida".
Abraldes estimó que "aparece claro en el horizonte próximo el sobreseimiento de Capella derivado del hecho de que al Ministerio Público no le será admitida la producción de diligencias susceptibles de controvertir la hipótesis defensiva".
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