19:17 › POLíTICA PREVISIONAL

La Corte aclaró que "el caso Betancur" no constituye un precedente

El máximo tribunal aclaró que en el expediente mencionado desestimó un recurso extraordinario de la ANSES por carecer de fundamento, y que la sentencia no abordó "las cuestiones de fondo involucradas".

A través del Centro de Información Judicial la Corte Suprema de Justicia de la Nación informó que "en la causa `Betancur, José c/ANSES s/reajustes varios´ sólo desestimó un recurso extraordinario interpuesto por la ANSES por carecer de fundamento" y que "no se analizaron los fundamentos esgrimidos en la sentencia de Cámara". "De tal modo -precisa- es necesario aclarar que esta decisión no constituye un precedente que pueda fundar reclamos futuros".

En su escrito, la Corte explica que realiza la aclaración a raíz de que "en el día de la fecha los medios de comunicación han dado a conocer la noticia según la cual el Tribunal habría confirmado una sentencia de la Sala III de la Cámara Federal de la Seguridad Social que instituyó un 'suplemento por sustitutividad' que permitiría que la jubilación del titular alcanzara un 70 por ciento de la base remuneratoria calculada".

El tribunal agrega que "a fin de dar mayor precisión a la cuestión, se hace saber que la Sala III del fuero de la Seguridad Social, tras indicar las operaciones necesarias para calcular el haber inicial de la jubilación, expresó que la progresividad que deben tener los ordenamientos jurídicos que regulan esta clase de derechos, según los convenios internacionales que cita y la interpretación que efectúa de la ley 24.241, impedían que la tasa de sustitución de la prestación respecto de los salarios por los que se aportó fuera inferior a la oportunamente reconocida por la ley 18.037". Tal disposición motivó al organismo previsional a deducir dos recursos extraordinarios, "los que no fueron admitidos por razones formales", concluyó.

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