Viernes, 7 de noviembre de 2014 | Hoy
14:35 › EN CASOS QUE EXISTAN SOSPECHAS
La normativa establece que todos los turistas extranjeros deberán detallar el lugar de residencia, actividad que desarrolla y tiempo estimado para la visita. El objetivo es fijar un instructivo "sobre la admisión de un extranjero en caso de que exista sospecha fundada en cuanto a que su intención difiera del propósito de turismo".
La Dirección Nacional de Migraciones suscribió un nuevo procedimiento para brindar herramientas a las autoridades ante “la admisión de un extranjero en caso de que exista sospecha fundada a que su intención difiera del propósito de turismo”.
El instructivo fue publicado en el Boletín Oficial. En el Anexo I se establece el nuevo procedimiento, que “deberá ser aplicado por las autoridades que realizan el control migratorio en todos los pasos fronterizos, a los fines de resolver sobre la admisión de un extranjero en caso de que exista sospecha fundada en cuanto a que su intención difiera del propósito de turismo”.
En la disposición se entiende por turista “a aquél extranjero que ingrese al país con propósito de descanso o esparcimiento, con un plazo de permanencia autorizado de hasta tres meses, prorrogable por otro período similar”. En estos casos, el organismo de control otorgará a los visitantes la “Subcategoría Turista”.
La norma precisa: “Todo extranjero que desee ingresar al país en la Subcategoría Turista deberá estar provisto de documento hábil de viaje vigente, con visado consular en caso de corresponder”. Migraciones dispuso que “sólo cuando hubiese duda respecto de la real intención del extranjero, en tanto que ésta pudiera diferir del propósito de turismo, el agente interviniente o, en su caso, quien evalúe la prórroga de la Subcategoría Turista solicitada”, deberá recabar cierta información necesaria.
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