Martes, 12 de mayo de 2015 | Hoy
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La Sala I de la Cámara de Casación Penal resolvió respaldar la desestimación de la denuncia del fallecido fiscal que realizó el 20 de abril pasado el fiscal Javier De Luca quien, en un escrito de 27 páginas, había sostenido que en la acusación contra la presidenta Cristina Kirchner, el canciller Héctor Timerman, el diputado Andrés Larroque y otros dirigentes sociales por presunto encubrimiento a los imputados de cometer el atentado a la AMIA “por más que se recorran todas sus hipótesis una y otra vez, no se logra encontrar delito alguno a averiguar y demostrar”.
La denuncia de Nisman por encubrimiento fue arrasada desde los primeros días y había quedado al borde del archivo tras la resolución de De Luca. El fiscal de la causa AMIA había vuelto sorpresivamente de un viaje al exterior y en una movida de fuerte contenido político había presenado su denuncia durante la feria judicial, el 15 de enero. Aquella actitud había llamado la atención: Nisman había afirmado que la venía trabajando desde hacía años pero, sin embargo, no la había presentado en el período ordinario de funcionamiento de la Justicia.
La jueza María Servini de Cubría rechazó en su momento habilitar la feria porque no consideró que se estuvieran pidiendo medidas de urgencia. Pero, además, le dijo a Nisman que ni siquiera había presentado las pruebas.
El juez Rodolfo Canicoba Corral, a cargo de la causa AMIA, afirmó que la denuncia tenía “escaso o nulo valor probatorio” y que debía estudiarse la actuación del fiscal que, según sus propios dichos, invirtió años en eso sin notificárselo a ningún juez. Canicoba agregó que se trataba de una denuncia basada en versiones de servicios de Inteligencia y no en pruebas.
El exsecretario de Interpol Ronald Noble señaló por escrito que ningún funcionario argentino hizo jamás alguna gestión para que se levantaran las alertas rojas. Es más, Héctor Timerman presentó la carta que la Cancillería envió a Interpol diciéndole que las alertas rojas no debían modificarse. “La denuncia de Nisman es falsa”, escribió Noble.
El juez Ariel Lijo también consideró que no había motivos para habilitar la feria judicial y elogió la resolución de Servini de Cubría.
El juez Daniel Rafecas desestimó la denuncia por inexistencia de delito. Señaló que las alertas rojas nunca se levantaron ni hubo ninguna iniciativa para levantarlas. Además consideró que el memorándum ni siquiera se puso en marcha por lo que no podía constituir delito.
Dos de los tres integrantes de la Sala I de la Cámara Federal también desestimaron la denuncia. Entre los argumentos, Jorge Ballestero y Eduardo Freiler señalaron que el memorándum pasó por varias instancias judiciales y en ninguna se lo consideró un delito. Esa misma sala lo declaró inconstitucional, pero no un delito. Los camaristas mencionaron una grave manipulación de las escuchas telefónicas, uniendo tramos de unas llamadas con tramos de otras realizadas tiempo después. Los camaristas señalaron que la Justicia no puede ir “de pesca”, es decir iniciar causas judiciales para ver si existe algún delito.
Finalmente, Javier De Luca, el 20 de abril, no sostuvo el recurso transitando el mismo camino: “No se logra encontrar delito alguno”.
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