23:50 › CIUDAD DE BUENOS AIRES

Un amparo para evitar otra tragedia anunciada

La justicia aceptó el recurso presentado por los vecinos del complejo habitacional de Villa Soldati para obligar al gobierno porteño a realizar obras de mantenimiento en el nudo 9, que contiene cuatro edificios, bajo apercibimiento de aplicar multas diarias en caso de no cumplir. La medida es aceptada un mes después de que un adolescente falleciera tras desplomarse un balcón en otro torre del barrio.

El titular del juzgado en lo Contencioso Administrativo y Tributario 3, Pablo Mántaras, ordenó realizar un informe sobre los riesgos de derrumbe, adoptar medidas de seguridad respecto de la instalación eléctrica y de gas natural, verificar el funcionamiento de ascensores, adecuar las instalaciones contra incendios, poner en condiciones las escaleras y barandas, y despejar la totalidad de los medios de salida de los edificios.

El Complejo de Villa Soldati, que cuenta con 2.300 departamentos, fue declarado en emergencia edilicia y ambiental en el 2001 a través de la ley 623 y se dispuso que el gobierno de la Ciudad debía ejecutar las obras para solucionar las fallas estructurales que presentaban los edificios.

Los vecinos promovieron una acción de amparo en el año 2009 al ver que las obras no se ejecutaban especialmente en el edificio 14, nudo 10 -donde murió el adolescente- y en el edificio 18. En el 2011, un juez de primera instancia hizo lugar al amparo y ratificó los términos de la ley del 2001 pero el gobierno porteño apeló la sentencia, la cual quedó firme el el año pasado cuando la Cámara ratificó lo actuado por el magistrado.

En la demanda, los vecinos pidieron a la Justicia que se ordene a la administración comunal y al IVC que cese “en su omisión de dar cumplimiento con las obras de recuperación del Complejo Habitacional del Barrio Soldati previstas en el marco de las Leyes Nº 623/01 y 831/02, que declararon su emergencia edilicia y ambiental".

También sostuvieron en su planteo que el gobierno porteño al incumplir expresas obligaciones legales, colocaba a los habitantes de los edificios del nudo 9 "en una situación de riesgo, precariedad y vulnerabilidad habitacional; afectando su derecho a la vivienda, a la salud y a la dignidad".

El juez Mántaras constató el estado de deterioro de los edificios ya que no contaban con instalaciones contra incendio, acusaban una importante falta de mantenimiento en el interior del núcleo central de ascensores, mal estado de las escaleras y barandas, instalaciones de gas obsoletas y fuera de normativa.

También verificó rajaduras y desprendimientos de revestimientos exteriores de las fachadas (peligro de caída de materiales a la planta baja), y salas de tableros eléctricos en malas condiciones con cables y accesorios obsoletos con peligro de electrocución.

“De acuerdo con el contexto descripto, considero que habría quedado acreditada la existencia de una omisión manifiestamente ilegítima, atribuible tanto al gobierno porteño com al IVC , en el cumplimiento de sus obligaciones legales y contractuales vinculadas mantenimiento integral de los edificios destaca Mánatras en su fallo.

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